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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Autor |
Mensaje |
CADIMEN
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Asunto: Cuota muy elevada Publicado: Mar May 24, 2005 7:29 pm |
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Principiante |
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Registrado: Mar May 24, 2005 7:23 pm Mensajes: 1
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Se puede imponer una cuota extra que algunos vecinos no pueden pagar estando casi la mitad de la comunidad en desacuerdo , y siendo para una reforma no necesaria
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Enrique H
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Asunto: Publicado: Mié May 25, 2005 8:43 pm |
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Los comuneros vienen obligados por el apartado 1.e del artículo 9 de la Ley a contribuir, con arreglo a su cuota de participación, a los gastos generales para el sostenimiento del inmueble y los demás que no se puedan individualizar.
No obstante, los comuneros pueden formular impugnación contra los acuerdos que aprueban las cuotas o los presupuestos si no se ajustan a las normas que lo regulan.
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NAVIFIN
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Asunto: Respuesta Publicado: Jue May 26, 2005 10:51 am |
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Colaborador |
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Registrado: Vie May 13, 2005 1:14 pm Mensajes: 53
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Resulta de aplicación a este caso lo dispuesto en el artículo 11 de la LPH, según el cual ¨1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características.
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja¨.
Es importante conocer en primer lugar exactamente a qué reforma se refiere y si ésta resulta o no necesaria a los efectos de resultar obligado a su pago. En segundo lugar es necesario saber como fue la votación de ese acuerdo, y si el mismo se hizo válidamente, es decir por la mayoría legalmente establecida. Si no fuera así tendría que impugnar judicialmente este acuerdo.
Si la votación es válida no siendo la reforma resulta no necesaria, excediendo el importe de la derrama extra de 3 mensualidades de cuotas comunes, deberá Vd. dirigirse a su Presidente y a su Administrador a fin de hacerle constar su oposición y su volunta de no pago de esas cuotas extras aprobadas.
_________________ ASESORIA JURIDICA NAVIFIN
Abogados & Administradores de Fincas. Despacho dedicado desde hace 25 años a temas de propiedad horizontal y arrendamientos urbanos.
Tel. 91 386 14 68 y 91 376 87 67
C/ Fermín Caballero nº 91 6º L
28035 MADRID.
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