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 Asunto: Cuotas para gastos no comunes
NotaPublicado: Mar Sep 18, 2007 12:19 pm 
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Registrado: Mar Sep 18, 2007 11:35 am
Mensajes: 3
Hola, yo soy novata en la presidencia de mi Comunidad, en la que se ha decidido rotar; es un edificio de aproximadamente 2,5 años que consta de siete viviendas, dos bajos y dos sótanos, de esos 11 locales, 7 pertenecen a socios de la promotora; yo releve al presidente que era de la promotora, sin embargo el administrador sigue siendo de la misma. Este hombre hace un reparto de cuotas que yo no me entero.
Según las escrituras: "los bajos están exentos de pago de gastos de mantenimiento, limpieza y alumbrado de portal de entrado, escaleras y ascensor". Uno de los bajos es un bar-cafetería que tiene también alquilado un sótano que utiliza como almacén y que van surtiendo sus proveedores a traves de nuestro portal usando el ascensor (no veas como queda todo de sucio).
Por un lado a los gastos que considera comunes (seguro, administrador, varios, extintores y gastos bancarios), les aplica los coeficientes que figuran en escrituras para cada uno de los 11 locales.
El administrador pone los gastos de agua y luz solo a las viviendas, también nos pone el 53,7% de la limpieza.
Por otro lado, para las viviendas, el bajo del bar y los dos sótanos pone mantenimiento y teléfono del ascensor y el 46,7% de la limpieza (el otro local y uno de los sótanos son suyos).
Quiero tener una reunión con el, y no hay manera de que entienda como hace el reparto de cuotas sino el libre albedrío.
Quisiera saber si para estos casos en los que "según las escrituras"no participamos todos en todos los gastos hay alguna manera legal de repartirlos o si lo hace cada uno como quiere
Por otro lado, me he encontrado que la Comunidad tiene dos cuentas y en una de ellas solo se domicilia el agua (es la misma entidad en la que tenia la promotora la hipoteca), esto no se si es usual o sospechoso o las dos cosas.
Yo no he firmado nada para estar en las cuentas, podría acceder a los movimientos acreditando mi presidencia con el Acta por mi firmada en la que figura mi nombramiento?.
Gracias por leerme, espero vuestra contestacion.


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NotaPublicado: Mar Sep 18, 2007 11:05 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
En estos casos, los gastos a los que sí deben hacer frente los locales se prorratean en proporción a las cuotas comunes referidas al total del inmueble. El que la comunidad tenga dos cuentas bancarias no es sospechoso en sí mismo, aunque es poco usual, ya que lo normal es centralizar todos los movimientos en una sola cuenta. El acceso a las cuentas bancarias solo se permite a las personas autorizadas, entre ellas usted, aunque previamente deberá solicitar formar parte de la cuenta bancaria mediante el correspondiente impreso bancario y el acta donde se le nombra a usted Presidenta. Consulte con su entidad la forma de proceder.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

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comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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