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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Fecha actual Mar May 21, 2024 6:36 pm
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Autor |
Mensaje |
pepita
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Asunto: cedula de habitabilidad. Publicado: Mié Sep 26, 2007 10:53 am |
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Principiante |
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Registrado: Mié Sep 26, 2007 10:42 am Mensajes: 3
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A finales de Julio se escrituraron los pisos de un edificio nuevo. El edificio a fecha actual no dispone de cédula de habitabilidad. Con fecha 1 de septiembre el promotor del edifico convocó Junta extrordinaria de vecinos para conformar la nueva comunidad de propietarios. Mencionar que el promotor-presidente de la Junta no asiste. Mencionar que aparece una Administradora de la finca nombrada por él. Se eligen: prsidente y vicepresidente. La administradora expone un presupuesto que lo aprueban. Mi pregunta es: ¿esa junta es ilegal a todos los efectos o no ?. Gracias por su atención. Espero sus respuestas.
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comunero
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Asunto: Publicado: Mié Sep 26, 2007 1:39 pm |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Si habeis iniciado, decidido mediante votación y terminada la junta, porque ha de ser ilegal?
En principio no deberiais haber aceptado la representación del convocante ni admitido el nombramiento de los cargos y menos del administrador, ojo al tema, no suelen ser buenos administradores para la comunidad los propuestos por la constructora.
Podeis probar a ver como os va con este planteamiento, o podeis intentar tomar el mando y direccion real de la comunidad que solo os afecta a ustedes, los que alli vivireis.
Aun teneis tiempo para ello, asi que decidir como mejor os convega, dejando las cosa en manos de terceros o gastando vuestro tiempo en que las cosas funcionen como creais que deban fucionar.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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pepita
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Asunto: Publicado: Jue Sep 27, 2007 6:53 pm |
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Principiante |
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Registrado: Mié Sep 26, 2007 10:42 am Mensajes: 3
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Gracias por tu contestación. Mi pregunta es: si el edificio no dispone de cedula de habitabilidad no se puede habitar legalmente y por tanto no se puede formar una comunidad de propietarios. Es esto cierto o estoy equivocada. Gracias.
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comunero
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Asunto: Publicado: Jue Sep 27, 2007 8:07 pm |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Para constituir comunidad solo es necesario que existan mas de un propietario, incluso se puede hacer sin que la construcción esté terminada.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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