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Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 
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 Asunto: Negocio en vivienda particular
NotaPublicado: Mié Nov 28, 2007 10:16 am 
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Registrado: Mié Nov 28, 2007 10:02 am
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Hola a todos es mi primer mensaje y necesito consejo
Soy presidente de mi comunidad y se me plantea una duda
Un propietario ha alquilado una vivienda y el inquilino quiere poner una consulta de masajes en la vivienda, el propietario lo conoce pues por teléfono me ha pedido que si pueden poner una placa informativa en la puerta de entrada al portal, mi duda es si se puede poner sin autorización de la junta de vecinos tanto el negocio como la placa y si lo hacen se puede exigir paguen mas cuota de comunidad por gastos de ascensor y escalera (limpieza, luz etc)
No tengo ni idea de cual debe ser mi proceder pues hay vecinos que se niegan a que se instale la consulta
Muchas gracias y un Saludo


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NotaPublicado: Mié Nov 28, 2007 9:00 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Lo primero que debias hacer es ver las escrituras para saber si es posible poner unnegocio o está prohibido en estas o los estatutos.

Caso de que no se puedan mas que utilizar para viviendas, la cosa está muy clara, ahora bien si no es así teneis que discutir y ver la cuestión con calma.

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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


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NotaPublicado: Jue Nov 29, 2007 4:08 pm 
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Registrado: Mié Nov 28, 2007 10:02 am
Mensajes: 2
Hola comunero, los estatutos de la comunidad no dicen nada respecto al tema, las escrituras te refieres a ¿las de la comunidad?, esas no las tengo ¿pueden decir algo sobre el tema?. En cuanto a “discutir y ver la cuestión con calma” puede ser en una junta vecinal, tendría que ser urgente, o se podría ver en la anual que toca dentro de tres meses
Muchas gracias por tu respuesta
Un saludo


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NotaPublicado: Jue Nov 29, 2007 8:49 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Las decisiones esas, debeis tomarlas vosotros, puede ser cuando quiera el presidente convocarla, y si corre prisa, pues cuando el 25_% de propietarios obligue a ello.

Las escrituras, las puedes conseguir previo pago de sus tasas en el registro de la propiedad de tu ciudad, y tendrias que buscar algo en relación a prohibir usar vivienda como negocio o a la exclusivadad de todas las propiedades de dar uso de vivienda.

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NotaPublicado: Dom Dic 02, 2007 11:06 am 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Solo añadir que, determinadas sentencias judiciales, recogidas y expuestas en el Sr. Loscertales Fuertes (Editorial SEPIN) en las Jornadas sobre Propiedad Horizontal (Febrero 2006), indicaban claramente que, en caso de que el título constitutivo o los estatutos no lo prohibieran, no puede la junta de propietarios oponerse a la utilización de una vivienda como negocio.

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Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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