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Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 
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 Asunto: Me he encontrado con esto y necesito vuestra ayuda
NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 8:26 am 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 8:23 am
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Buenos dias, esta mañana y tras pasar una semana muy dificil por problemas familiares me he encontrado con este correo de la administradora de mi plaza de garaje.

"Buenas tardes, soy de la Administración de Fincas...... , que lleva la comunidad de los garajes de......... Cuando usted compro la plaza de garaje, los propietarios de la plaza al 50 % eran Caja Madrid y Maria Villanueva, para vendérsela Caja Madrid liquido su parte de cuota de comunidad que le correspondía, pero Maria Villanueva no.Hemos estado intentando cobrarla todo este tiempo, a base de llamarla casi todos los meses, sin llegar a conseguirlo, por lo que en la junta ordinaria celebrada ayer se llego al acuerdo de reclamársela al nuevo propietario , que son ustedes. El importe asciende a 152, 20 euros.Le ruego se ponga en contacto conmigo al teléfono 91 ...........
Un saludo"

El susto es muy grande y creo que me reclaman algo totalmente injusto, por favor me gustaria que me dierais alguna solucion.
Muchas gracias de antemano por la atencion prestada y un cordial saludo.


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 Asunto: He encontrado esto
NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 8:43 am 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 8:23 am
Mensajes: 17
Buenas de nuevo buscando en la red he encontrado esto, a ver que os parece.
Segun la ley dcie en el articulo9, apartado E.

El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el limite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterior. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta obligación.

Entiendo que en el caso mas extremo podrian obligarma a pagar el año anterior y el año en el que compre la plaza de garaje.

Espero vuestras impresiones. Muchas gracias


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 Asunto: Deuda de propietario anterior.
NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 12:07 pm 
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
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Vamos por partes:

* Cuando usted escrituro la compra de la plaza del parkin, le debieron de entregar bien a usted o al notario un documento como que esta estaba libre de cargas con la comunidad.

¿Es correcto...? Por que si fué así, quien debe de hacerse cargo de la deuda es la comunidad, Si por el contrario no fué así y usted acepto la palabra del propietario como que estaba libre de cargas, la cosa se complica.

De todas formas mientras usted me contesta a esto voy a intentar localizar jurisprudencia al respecto para decirle algo mas seguro sobre lo que ocurre cuando hay dos propietarios.

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Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
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 Asunto: Deuda.
NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 12:23 pm 
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Aunque lo tengas bastante negro tal y como te he comentado antes si no tienes ni has pedido el certificado de deudas con la comunidad antes de comprar el parking, te relaciono una serie de sentencias en las que indica que para reclamar la deuda, debieron de ir contra los propietarios, no contra el que ha pagado y posteriormente entre ellos ponerse de acuerdo o demandarse judicialmente.

28 diciembre 1992, Sec. 3.ª AP Palma de Mallorca.
17 enero 1995, Sec. 4. ª, AP Málaga
10 julio 2001 AP Ciudad Real
8 octubre 1997, AP de Malaga
25 abril 1999, Sec. 2.ª AP de Sevilla

En todas ellas se dice que la deuda ha de ser reclamada frente a todos los copropietarios.

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Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
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NotaPublicado: Mié Dic 26, 2007 11:10 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Perdone pero yo veo varias cosas raras en este asunto.

Debo entender que usted recibión la citación a la junta en tiempo y forma, y que en su orden del día figuraría la reclamación que hoy le hacen.

Que usted no pudo asistir a esa junta por los motivos que alude, pero habrá recibido el acta de esa reunión con el acuerdo acanzado de reclamarle a usted.

Usted en el momento de la compraventa
¿Sabía a quienes compraba?.
¿Presentó el vendedor/res el certificado preceptivo a la compraventa en el instrumento público (firma de escritura) donde el vendedor debe declarar hallarse al corriente en el pago de los gastos generales de la comunidad de propietarios, o expresar los que adeude, debiendo aportar en ese momento la certificación sobre el estado de deudas con la comunidad coincidente con su declaración, sin la cual no podrá autorizarse la escritura, salvo que fuese expresamente liberado de esta obligación por el comprador?.
El administrador debió realizar el correspondiente certificado con la firma del presidente ¿se hizo? Debo entender que no, ya que no entendería la reclamación que le hacen.

Perdone pero veo muchas cosas raras en todo este proceso.


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