Salvo que en los estatutos se diga que no puede haber perros en la comunidad, no se puede prhibir el derecho de cada uno a tenerlo.
Si tu le has pedido al administrador que no haga público tu nombre, considero que el no debe de hacerlo, si tienes alguna duda al respecto, llama al colegio de administradores de tu provincia y comenta el tema.
Si los perros molestan, ten en cuenta, los horarios, en principio si es de día, las denuncias pueden ser menos atendidas, ya que deberiais de hacer mediciones, ect., pero si los ladridos se producen de noche, debes de avisar a la policia municipal, y ellos actuar, ya que el derecho a tener un animal, no impide tu derecho al descanso.
Te recomiendo una pagina web de internet, creo que se llama
WWW.ruidos.org, ahi podras encontrar o incluso solicitar datos al respecto.
Saludos