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Nuevo tema Responder al tema  [ 4 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: proteccion de datos
NotaPublicado: Jue Nov 15, 2007 7:09 pm 
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Usuario avanzado
Usuario avanzado

Registrado: Vie Dic 22, 2006 5:06 pm
Mensajes: 57
Imagino que la ley orgánica de protección de datos también alcanza a los administradores de fincas.
¿donde puedo verificar que mi administrador la está cumpliendo?.
¿Se han impuesto sanciones por incumplimiento?.
Saludos.


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 Asunto:
NotaPublicado: Lun Nov 19, 2007 5:57 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Puede usted verificar que el fichero de datos de titularidad privada correspondiente a su comunidad de propietarios, se encuentra inscrito en www.agpd.es, así como el encargado del tratamiento del fichero de datos.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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 Asunto: Protección de datos.
NotaPublicado: Mié Nov 28, 2007 10:37 am 
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Colaborador
Colaborador

Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Aunque como siempre los amigos de URBIFINCAS, tienen unas respuestas acertadas para cada tema, voy a intentar ampliar un poco la dada por ellos en este hilo.

Según la Ley Orgánica de Protección de Datos y para no extendernos mucho, las comunidades independientemente del tamaño de las mismas, deben de registrar sus ficheros informatizados, no los de papel, en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos.

El fichero de los datos no es un fichero con todos los datos de cada uno de los propietarios, si no, un impreso donde entre otras cosas se dice a la Agencia los datos de los propietarios de los que dispone la comunidad:
Ej. Nombre, DNI, Dirección, Cuenta Corriente, ect....

Tambien se dice los datos de los que se hace cesión, por ejemplo si se domicilian recibos, se indica que al banco se le entregan unos datos (Nombre, cuenta corriente, importe de cuotas).

La responsable de esos ficheros y de esa declaración ante la Agencia es la comunidad, no el Administrador.

Es en una Junta de propietarios donde se decide si se presenta el fichero o no, si no se cumple, se esta incumpliendo la ley, pero es cuestión de la comunidad el hacerlo o no.

Puede darse el caso en que el Administrador esté al corriente del tema y pueda constituirse en responsable de la presentación de los ficheros de la comunidad o bien puede darse el caso de que se contrate a una empresa externa que lo haga, ambos por un precio de mercado, ya que este servicio se puede cobrar fuera de los servicios habituales que el administrador presta a la comunidad, básicamente por que es un servicio extraordinario.

En las cartas que se envian a los propietarios, una vez presentados estos registros, se les debe de hacer constar la mención que en muchos casos vemos en documentos bancarios, publicidad ect.

Esto es que dispone de su derecho para exigir la modificación, rectificación o eliminación de los mismos.

Es un tema bastante serio, ya que las multas pueden ser desde 600 a 600.000€

Y para una multa de estas, basta con una simple denuncia de algún propietario enfadado.

Evidentemente el administrador tambien debe de estar inscrito y llevar sus correspondientes registros, esto es, de sus clientes y proveedores.

Bueno. así están mas o menos las cosas, pero el tema se está poniendo candente.

*** No asustarse, la cosa no es tan complicada como parece, la simple inscripcion de los ficheros se puede hacer de muchas maneras, fax, internet, correo.

En la página que ha dado URBIFINCAS de la Agendia de Protección de Datos, hay un programa llamado NOTA, que se puede descargar o enviar directamente por internet despues de rellenarlo, es muy sencillo en poco tiempo se rellena.

Saludos

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
www.admiservis.es
Visita mi blog y dejame tu opinión
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 Asunto: proteccion de datos
NotaPublicado: Dom Dic 30, 2007 10:38 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Dom Dic 30, 2007 10:11 pm
Mensajes: 1
Ubicación: Málaga
Hola, soi propietario de una vivienda y hace ocho meses cambiamos de administrador, el caso es que yo tenía domiciliado los pagos desde hace dos años sin problemas y hace unos días me llama el nuevo administrador diciendome que debo ocho meses, ante lo cual os pregunto:
1º es normal que espere ocho meses para comunicarmelo?
2º no debería de mandar un recibo o algo
3º no debería de mandar mensualmente o trimestralmente las cuentas e informar quien debe dinero?

Cuando voi a hablar con él me dice que el antiguo administrador no le ha dado mi número de cuenta (el de todos los demás si) y me enseña un fax enviado por el antiguo donde aparece mi nombre sin número de cuenta, llamo al antiguo administrador y me dice que él si ha mandado todos los datos y que se pueden ver facilmente en las remesas de contabilidad de estos dos años atras donde aparece mi nombre y mi cuenta, vuelvo a pedirle esas remesas al nuevo administrador y dice que no me las enseña por la ley de proteccion de datos, y me gustaría saber quienes son los que pueden verlas y que puedo hacer. Gracias.


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Nuevo tema Responder al tema  [ 4 mensajes ] 

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