Hola mayka:
Buenas tardes, en principio comentarte que la renovación de cargos se hace en el periodo establecido para ello en vuestros estatutos, generalmente anualmente, en principio hasta que se cumpla ese periodo, no se puede cambiar y menos de presidente, tambien has de terner en cuenta que habra una forma establecida de designación de cargos, y en principio a la junta hay que nombrarla según esa forma establecida, siempre puedes proponerte a tí misma como presidente, pero si los vecinos piden que se haga de la forma habitual debeis de hacerlo así.
En cuanto al administrador, como todos los cargos tambien se hace su designación habitualmente cada año, para elegir otro administrador, debereis de presentar otros presupuestos y el que sea elegido, debe de serlo por mayoria de votos y de coeficientes.
Sí, en principio la propia palabra administrador lo dice, administra y por lo tanto relaciona a la comunidad con otros proveedores y servicios, por lo tanto tambien con los abogados.
Sí, gestiona las reparaciones, solicitando presupuestos previos en caso de reparaciones que no sean urgentes y se aprueba el deseado o bien en una junta o bien por la junta de gobierno si asi se establece, en caso de reparaciones urgentes, junto con el presidente, se encarga de las reparaciones necesarias.
En fin, espero haberte despejado un poco tus dudas, si tienes alguna otra, no dudes en preguntar.
cgorrizf@ya.com
Alicante.