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 Asunto: Revocacion uso y disfrute de la terraza de un atico
NotaPublicado: Jue Ago 05, 2010 10:21 pm 
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Registrado: Sab Jul 31, 2010 2:08 pm
Mensajes: 2
Hola.

Bueno, os comento mi caso. En enero de 2009 hubo una reunion de vecinos en la que se acordo otorgar el uso y disfrute de una porcion de cubierta al propietario del unico atico del edificio, ademas de autorizarlo a realizar las obras necesarias para adecuarlo al uso que le iba a dar (vamos, unas barandillas, ensolar, etc).

En junio de 2010 compre ese mismo atico, e inicie las obras para adecuarlo (ya que hasta entonces, el antiguo propietario no habia hecho nada).

Es ahora cuando el vecino de abajo me dice que piensa impugnar el acta (vecino, que por cierto, entro a vivir alli en agosto de 2009, una vez aprobada el acta). Yo le comente que se habian pasado los plazos, tanto los 3 meses para impugnarla en la junta de vecinos como el año para impugnarla en los tribunales, pero el sigue erre que erre, ya que dice que ningun vecino tenia noticias de esa acta.

Mirando el acta, ese punto del dia, veo que se aprobo por unanimidad de los vecinos ASISTENTES.

1º ¿Es correcto esto o necesaria la unanimidad de TODOS los vecinos? ¿Se podria impugnar por este motivo o ya han pasado los plazos?

2º Ademas, ¿que seria necesario para revocar este permiso? ¿Necesitarian unanimidad o 3/5? Si es unanimidad ¿mi voto cuenta? Porque entonces con mi unico voto en contra salvaria mi terraza.

3º Si lo revocan, ¿puedo pedir daños y perjuicios?

4º Y por ultimo, en caso de revocar el uso y disfrute exclusivo... ¿podria seguir usando la terraza, al ser un elemento comun? Es que solo se puede acceder desde mi casa, por lo que aunque dejara de ser de uso exclusivo, el unico que podria disfrutarla seria yo...

Muchas gracias de antemano.


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NotaPublicado: Vie Ago 06, 2010 1:06 pm 
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Registrado: Lun Ago 02, 2010 4:19 pm
Mensajes: 2
Hola,
Por lo que se se puede impugnar un acta de la comunidad antes de que pase un mes desde la reunión, pasado ese plazo el acta se considera aprobada por todos los vecinos.
Cuando compras una vivienda implícitamente estás aceptando las condiciones de convivencia que han sido acordadas en la comunidad, no se pueden rehacer todos los acuerdos a los que ha llegado la comunidad cada vez que un nuevo vecino se incorpora.


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NotaPublicado: Sab Ago 07, 2010 3:12 pm 
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Experto
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
1.- En su día se hizo bien y ya no hay plazo legal para impugnación si ha pasado tanto tiempo.

2- Para aprobar como para anular, el numero de votos es el mismo.

3- Si se revocase, nadie te obligo a hacer gasto alguno, pero no creo en esa posibilidad.

4- Si hay algun acuerdo que no te permite el uso de la terraza, aún siendo el único que a priori puedas usarla, no deberías hacerlo.

_________________
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


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NotaPublicado: Dom Ago 08, 2010 10:35 am 
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Registrado: Sab Jul 31, 2010 2:08 pm
Mensajes: 2
Muchisimas gracias!!!


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