mi comunidad de propietarios por mayoria simple, y mi voto en contra y otros proprietarios, ha adoptado el acuerdo de subir los muros con una perfileria de aluminio en un supuesto derecho a la intimidad, la ordenanza municipal indica que el muro no puede superar la altura de 1.25, pero ellos en contra de esta ordenanza a pesar de ser conocedores de ella han aprobado. Les indique que el muro es elemento comun y forma parte del título constitutivo de la comunidad, que es innecesario la instalación, que perjudica mis derechos de vistas, que va contra las ordenanzas municipales, que requiere unanimidad, etc...
mi pregunta es se puede subir el muro o no se puede subir el muro, osease tengo la batalla perdida o no ?
muchas gracias por sus respuestas de antemano