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 Asunto: Una Comunidad dos Escaleras
NotaPublicado: Mié Dic 13, 2006 11:52 pm 
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Registrado: Mié Dic 06, 2006 10:49 pm
Mensajes: 3
Un edificio con dos escaleras independientes, con entrada por calles
diferentes . Al ser una misma estructura y tener comunes cimientos, forjados, la terra tiene 2 pendientes según las viviendas que cubre.
Sequiso constituir una comunidad vecinal entre todos los
propietarios de las dos escaleras en el 2003, se certificó negativa por un propietario y se negó otro que si acudió a la reunión.
No se recibe acuerdo ni estatutos y se registra la Comunidad, según se desprende de la citación de reunión de Junta en este mes.
Es legal dicha comunidad, hay que impugnarla o por los defectos indicados no tiene fuerza legal para tomar acuerdos y no se necesita impugnación.


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 Asunto: COMUNIDAD/MANCOMUNIDAD
NotaPublicado: Jue Dic 14, 2006 9:49 pm 
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Registrado: Mar Oct 10, 2006 10:01 pm
Mensajes: 27
Bajo mi punto de vista, no tiene por que ser ilegal.
El hecho de que existan dos escaleras diferentes con accesos diferentes, en principio nada tiene que ver.
Cuidado, hay que mirar como siempre digo la escritura de división horizontal y los primeros estatutos de la comunidad, iniciados seguramente por el promotor.
Si ahí no queda indicada la diferenciación, no pasa nada.
Si hubiese habido en algún momento acuerdo al cien por cien de los propietarios y reflejado en nuevos estatutos "registrados", la diferenciación, pues si.

Es típico realizar mancomunidades, en las que en algún documento (los indicados), se hable de que cuota de participación tienen cada comunidad sobre unos elementos comunes.
Si son edificios muy diferenciados en cuanto a la posición, entiendo que puede ser lo más adecuado en principio, pero bajo mi punto de vista, no aconsejable.
Creo que llevar una contabilidad para todos en nada complica la gestión.

Existen no obstante casos de todos los colores.

Con respecto al tema de votaciones que dices, pues hay que atenerse a lo que dice la ley.


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