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 Asunto: obligaciones del administrador o secretario
NotaPublicado: Vie Mar 17, 2006 12:43 pm 
Quería saber, si es obligación del administrador o secretario, informar en la junta de vecinos si la votación que se está realizando (asi como otras decisiones que se toman) se están realizando de forma legal o adecuada, o si por el contrario puede omitir esa información si no se la preguntan expresamente. Por ejemplo, si hay un moroso que vota, y el administrador lo sabe, no se le pasa por descuido, tiene obligación de decirlo o se lo puede callar de manera que luego otra persona interesada pueda impugnar la decision tomada? O si se quiere hacer una votación que impida computar los coeficientes, está en la obligación de avisarlo a los propietarios o puede callarse? De estar en la obligación de hacerlo, que se puede hacer si esto no se descubre hasta pasado el plazo de impugnación de la junta?
Muchas gracias


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 Asunto: Re: obligaciones del administrador o secretario
NotaPublicado: Sab Mar 18, 2006 9:14 am 
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Registrado: Mar Ene 17, 2006 2:10 pm
Mensajes: 62
En principio, el administrador-secretario debe ser garante de que, efectivamente, se cumpla la LPH en lo relativo al impedimento de voto de los propietarios considerados morosos, así como la persona que debe informar cuando se le pregunta al respecto. Esto, aunque no está escrito en la LPH, es evidente que se deriva de su cargo. Por otro lado, se puede producir una paradoja y que le comento como experiencia personal -como presidente de una comunidad, de 3 años de antigüedad, de 45 viviendas, 20 locales y 100 plazas de garaje-. En mi caso, se convocó junta, relacionando los vecinos morosos y la indicación de privación de voto si no pagaban antes. Llegada la junta, todos entramos, firmamos la hoja de asistencia y procedimos con el orden del día, votando unas cosas a favor y otras en contra. Para cuando el administrador redactó el acta, se dio cuenta de que habían asistido varios vecinos morosos y que habían votado (ya que a nadie se le privó el voto, pensando que no habían asistido -por vergüenza pensábamos-, además de que no nos conocíamos todos los vecinos). Ellos por su parte, tampoco comentaron nada cuando se trató el tema de la liquidación de deudas. Pero lo cierto es que el administrador no comprobó, antes de empezar a tratar los puntos, que sí se habían presentado los vecinos. Además, las votaciones se hicieron a mano alzada, por lo que no había constancia del voto personal -para eliminar los de los morosos- y encima, algunas de las votaciones resultaron a favor o en contra por menos votos de diferencia que el número de vecinos morosos, por lo que existía la duda razonable de que, sin el voto de morosos, la decisión se hubiera podido decantar al otro lado. De modo que, para hacer las cosas bien, para que no hubieran malos entendidos y habiéndolo tratado con el resto de vocales, decidí volver a convocar la junta de nuevo, a pesar de la oposición del administrador. Es posible que los acuerdos se hubieran podido ejecutar sin necesidad de volver a convocar, pero simplemente no me parecía legal. Hoy día tenemos otro administrador, pero sigue estando el mismo presidente, aunque espero el relevo de otro vecino con ansia :D


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 Asunto:
NotaPublicado: Mar Mar 21, 2006 9:39 am 
Y si lo que se ha hecho es una votación secreta por lo que no se pueden computar los coeficientes de cada voto? Es legal esa votación? De no serla, tiene el administrador obligación de señalar que no es legal antes de realizarla?


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 Asunto: Votación.
NotaPublicado: Jue Mar 23, 2006 1:56 am 
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Colaborador
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Salvo en las consultas en las que se requiera solamente mayoria (y suponiendo que no haya morosos, aunque se debe conrolar quien vota para que no haya trampas, o quien no vota), en las demas, no vale el voto secreto, ya que se contabilizan por un lado propietarios y por otro coeficientes, teniendo que constar en el acta los votos en uno u otro sentido e incluso el propietario que lo emitio, para evitar posteriores problemas e incluso que voten propietarios que no pueden votar, si el voto es secreto, no se puede hacer esto, por lo tanto, es ilegal hacerlo secreto, eso lo debe de saber el administrador y si no lo sabe, evidentemente, la votación es nula.

Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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