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TRASTERO
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Autor:  juanlo24 [ Jue Feb 07, 2008 11:23 am ]
Asunto:  TRASTERO

Hola en mi comunidad tenemos trasteros en la terraza y al parecer hay un problema electrico con alguno de ellos que provoca q salte el automatico de la terraza. Dicen de llamar a un electricista y revisar todos los trasteros. Quisiera saber hasta que punto me puedo negar a que entren en mi trastero. Si se considera domicilio particular o no? Si se debe hacer voluntario o me pueden obligar?
Muchas gracias.

Autor:  comunero [ Jue Feb 07, 2008 1:42 pm ]
Asunto: 

Guardas dorga o armas o algo similar?

no entiendo algunas posturas de inviolabilidad y chorradas de ese estilo.

La cuestión es que existe un problema y que hay que buscarle solución, en lugar de poner trabas tendrías que colaborar que se trata de tu comunidad.
No solo tenemos derechos, tambien existen obligaciones, intenta convivir con el resto del mundo haciendo la vida más fácil, no más dificil de lo que ya es.

Autor:  juanlo24 [ Jue Feb 07, 2008 2:24 pm ]
Asunto: 

comunero escribió:
Guardas dorga o armas o algo similar?

no entiendo algunas posturas de inviolabilidad y chorradas de ese estilo.

La cuestión es que existe un problema y que hay que buscarle solución, en lugar de poner trabas tendrías que colaborar que se trata de tu comunidad.
No solo tenemos derechos, tambien existen obligaciones, intenta convivir con el resto del mundo haciendo la vida más fácil, no más dificil de lo que ya es.



El problema de mi trastero no es, porque siempre me funciona la luz y nunca salta el automatico entonces si alguien tiene puesto un enchufe que da cortocircuito que lo diga sino yo quiero que entren al mio.
Y por eso queria informarme si puedo o no negarme? Creo entender que es parte del domicilio particular y no podrian entrar si yo no quisiera por ser parte de la morada, es asi o no?
Gracias

Autor:  comunero [ Vie Feb 08, 2008 2:48 pm ]
Asunto: 

Si tan seguro tienes que no es problema suyo, no veo el interés de que no entren a comprobarlo, pero bueno seguro que hay algún trasfondo que no quiere airear.

La ley dice lo siguiente:

Citar:
«1. Son obligaciones de cada propietario:
a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.
b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.
c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.


Si se fija bien, no es cuestión de violar su intimidad ni mucho menos, sino de reparar un problema común.

Al igual que usted dice que todo va bien en su cuarto, los demás pueden decir lo mismo y unos por otros la casa sin barrer.

Es su decisión, pero tenga en cuenta, que se le pueden pedir responsabilidades por no permitir la entrada en su piso si la causa es justificada.

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