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junta ordinaria y extraordinaria
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Autor:  tony [ Lun Feb 11, 2008 1:15 pm ]
Asunto:  junta ordinaria y extraordinaria

quisiera me indicaran con cuantos dias de antelacion hay que convocar a los propietarios para llevar a cabo tanto una junta ordinaria como la extraordinaria y si en ambos casos existe la obligatoriedad de enviarles una copia del acta resultante de la misma. gracias y salu2 :?

Autor:  comunero [ Lun Feb 11, 2008 5:25 pm ]
Asunto: 

La junta ordinaria debe realizarse al menos con seis dias de antelación.
La extraordinaria con el tiempo que sea necesario para que llegue a todos los propietarios la convocatoria.

Siempre, siempre hay que remitir el acta una ver firmada por el presidente y secretario.

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