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Administrador Complejo
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Autor:  Antonio Roman [ Jue Mar 18, 2010 4:56 pm ]
Asunto:  Administrador Complejo

Somos un complejo que esta formado por 5 comunidades dentro del mismo. (3 Torres de viviendas, Garaje y Locales Comerciales. Cada comunidad con su CIF correspondiente.
En los estatutos de constitución dice en un artículo que:
“La Comunidad General, será gobernada por su Junta General y dirigida por una Comisión Permanente, integrada por cinco miembros: Los presidentes de las 3 Torres de viviendas, el del Garaje y un representante de los propietarios de los Locales Comerciales. Queda establecido que el administrador será uno para todas las Comunidades.
En otro artículo de dichos estatutos, habla de las Juntas de las Comunidades particulares.
Corresponde a cada Junta general de cada una de las comunidad particulares: Nombrar y remover a las personas que ocupan los cargos de: presidente, vocales y administrador de la comisión directiva……

En base a estos estatutos, una de las Torres de viviendas del complejo, quiere elegir un administrador distinto al del complejo, amparados en la L.P.H.

Mi pregunta es:
Se puede hacer, aún en contra del art. De que el administrador será uno para todas las comunidades, ya que podría darse el caso de que cada Comunidad eligiera el suyo, y el complejo sería casi ingobernable

Autor:  comunero [ Sab Mar 20, 2010 5:58 pm ]
Asunto: 

Por lo que entiendo, podrían contratar a un administarador para su gestion particular, pero para la gestión general de todo el complejo sólo debe haber uno mientras no cambien estatutos por unanimidad que diga otra cosa.

Autor:  Antonio Roman [ Sab Mar 20, 2010 6:34 pm ]
Asunto:  Administrador Complejo

En el caso de contratar un administrador particular, habría que pagar al particular y al del complejo, por lo que se duplicaría el Gasto.

Y en este caso, si el del complejo entiende que es para todos y no le pasa la documentocación, que se hace??

Autor:  comunero [ Sab Mar 20, 2010 8:55 pm ]
Asunto: 

Pues si, lo cual es una incongruencia a simple vista, así que ya me dira a que viene eso, si quiere.

El que la documentación la pueda retener, dependerá del presidente y las atribuciones que le den al administrador. No olviden que es un empleado como el portero, el de mantenimiento o cualquier otro. Cada cual se presupone experto en su "parcela", ni más ni menos, pero quien gobierna la comunidad es la junta y no los empleados, eso es lo que no pueden olvidar en ningún momento.

cualquier otro gobierno ocasionará cuestiones como las que teme que suceda y hay que evitarlas a toda costa.

Autor:  Antonio Roman [ Dom Mar 21, 2010 1:41 pm ]
Asunto:  Administrador Complejo

Pues esto viene a que en una Comunidad no quieren al Administrador, y entienden que en base a la LPH, se tiene las atribuciones de efectuar su cambio, sin tener que contar con la Comunidad General (que engloba las 5) y ni con los estatutos generales.
En la Junta de nuestra comunidad un vecino abogado, convencio e impuso a la mayoría que esta comunidad podía actuar independientemente sin tener en cuenta el art. del estatuto que dice que el administrador será para todos el mismo.

Con esto nos encontramos que nuestra Comunidad ha contratado a un administrador, y el administrador de la General, entiende que no es legal este nombramiento.

Autor:  comunero [ Dom Mar 21, 2010 9:06 pm ]
Asunto: 

La ley dice que para cambio de cargos se necesita la mayoría y puesto que la comunidad la forman más de un complejo, necesitarán la mayoría de los propietarios y coeficientes que acudan a la junta general de renovación de cargos.

Si el procedimiento es otro tendrán que pagara a los dos administradores, pero me parece absurdo.

Los estatutos si no son contrarios a ley, y este asunto no lo es, no pueden ser cambiados a no ser que sea por unanimidad, lo cual no han conseguido, o si?.

Autor:  María Angeles AD [ Mié Nov 02, 2011 12:13 pm ]
Asunto:  Re: Administrador Complejo

Antonio Roman escribió:
Somos un complejo que esta formado por 5 comunidades dentro del mismo. (3 Torres de viviendas, Garaje y Locales Comerciales. Cada comunidad con su CIF correspondiente.
En los estatutos de constitución dice en un artículo que:
“La Comunidad General, será gobernada por su Junta General y dirigida por una Comisión Permanente, integrada por cinco miembros: Los presidentes de las 3 Torres de viviendas, el del Garaje y un representante de los propietarios de los Locales Comerciales. Queda establecido que el administrador será uno para todas las Comunidades.
En otro artículo de dichos estatutos, habla de las Juntas de las Comunidades particulares.
Corresponde a cada Junta general de cada una de las comunidad particulares: Nombrar y remover a las personas que ocupan los cargos de: presidente, vocales y administrador de la comisión directiva……

En base a estos estatutos, una de las Torres de viviendas del complejo, quiere elegir un administrador distinto al del complejo, amparados en la L.P.H.

Mi pregunta es:
Se puede hacer, aún en contra del art. De que el administrador será uno para todas las comunidades, ya que podría darse el caso de que cada Comunidad eligiera el suyo, y el complejo sería casi ingobernable

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