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¿que porcentaje se necesita para crear comunidad)
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Autor:  spireted [ Mar Mar 20, 2007 10:12 am ]
Asunto:  ¿que porcentaje se necesita para crear comunidad)

Quisiera saber: ¿cuantos propietarios deben asistir y aprobar la constitución de la Comunidad? Si en dicha reunión se aprueban los Estatutos que porcentaje de propietarios deberian aprobarlos. Este porcentaje sería sobre los asistentes o del total de propietarios aunque no asistan. El proximo viernes tengo convocado a los vecinos para crear la comunidad y me temo que no van a acudir muchos.

Autor:  Antonio R [ Mar Mar 20, 2007 5:44 pm ]
Asunto: 

Para la primera junta general los requisitos son los mismos que para el resto o similares.

Hay que convocar a todos los propietarios, para ello, usted debe conocer la dirección de todos para mandarle la convocatoria y también exponerlo en el tablón de anuncios, con el orden del día "Formalización de la comunidad de propietarios de acuerdo con la ley de propiedad horizontal". De esta reunión ha de salir un presidente, un secretario y un vicepresidente, aunque con el cargo de presidente sería suficiente por tener esta figura capacidad legal de poder ostentar estas responsabilidades, auque yo prefiero que estén de forma independiente por si el presidente cae enfermo etc...

Se conforman los organos de gobierno por votación (presidente, secretario y vicepresidente) y se levanta acta de los acuerdos tomados que deben ser: Adquirir libro de actas, diligenciarlo en el registro de la propiedad y pedir en Hacienda el CIF. Sin este CIF ustedes no puene contratar ningún servicio (limpieza, ascensor, etc...).

En esa reunión también deben acordar una derrama para los gastos más apremiantes, y también aprobar el presupuesto anual de gastos, es decir, calcular los gastos que pueden ustedes tener en esa comunidad en el año, (gasto de ascensor, luz ascensor, limpieza, luz de la escalera y el seguro de la finca) Se calculan estos conceptos y se acuerda una cuota mensual, trimestral etc...

También deben de obtener una cartilla de ahorros a nombre de la comunidad, para esto deben de tener ya el libro de actas ya que tendrán que presentarlo en la entidad financiera con ese acuerdo alcanzado que deberán ser ya en una segunda reunión.

Los acuerdos se realizarán por mayoría de los presentes y sino van todos no importa ya que a ellos debe de mandarle por correo copia del acta y tienen 30 días para formular sus discrepancias o no, pero no ateienda este requisito si la mayoría es grande como seguramente será ya que no creo que nadie diga nada, entre otras cosas porque no sabrán este requisito legal.

Como ve ya tiene faena, pero no se apure, paso a paso.

Otra cosa es, contratar a un administrador, al cual lógicamente tendrán que pagar, pero que etos tramites los realizará con profesionalidad.

Un saludo y espero no haberme djado nada.

Autor:  Antonio R [ Mar Mar 20, 2007 5:44 pm ]
Asunto: 

Para la primera junta general los requisitos son los mismos que para el resto o similares.

Hay que convocar a todos los propietarios, para ello, usted debe conocer la dirección de todos para mandarle la convocatoria y también exponerlo en el tablón de anuncios, con el orden del día "Formalización de la comunidad de propietarios de acuerdo con la ley de propiedad horizontal". De esta reunión ha de salir un presidente, un secretario y un vicepresidente, aunque con el cargo de presidente sería suficiente por tener esta figura capacidad legal de poder ostentar estas responsabilidades, auque yo prefiero que estén de forma independiente por si el presidente cae enfermo etc...

Se conforman los organos de gobierno por votación (presidente, secretario y vicepresidente) y se levanta acta de los acuerdos tomados que deben ser: Adquirir libro de actas, diligenciarlo en el registro de la propiedad y pedir en Hacienda el CIF. Sin este CIF ustedes no puene contratar ningún servicio (limpieza, ascensor, etc...).

En esa reunión también deben acordar una derrama para los gastos más apremiantes, y también aprobar el presupuesto anual de gastos, es decir, calcular los gastos que pueden ustedes tener en esa comunidad en el año, (gasto de ascensor, luz ascensor, limpieza, luz de la escalera y el seguro de la finca) Se calculan estos conceptos y se acuerda una cuota mensual, trimestral etc...

También deben de obtener una cartilla de ahorros a nombre de la comunidad, para esto deben de tener ya el libro de actas ya que tendrán que presentarlo en la entidad financiera con ese acuerdo alcanzado que deberán ser ya en una segunda reunión.

Los acuerdos se realizarán por mayoría de los presentes y sino van todos no importa ya que a ellos debe de mandarle por correo copia del acta y tienen 30 días para formular sus discrepancias o no, pero no ateienda este requisito si la mayoría es grande como seguramente será ya que no creo que nadie diga nada, entre otras cosas porque no sabrán este requisito legal.

Como ve ya tiene faena, pero no se apure, paso a paso.

Otra cosa es, contratar a un administrador, al cual lógicamente tendrán que pagar, pero que etos tramites los realizará con profesionalidad.

Un saludo y espero no haberme djado nada.

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