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Convocatoria junta extraordinaria por comuneros
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Autor:  DARMAS [ Mié Oct 24, 2007 10:06 am ]
Asunto:  Convocatoria junta extraordinaria por comuneros

Buenos días:
Son tan serios los problemas que en nuestra comindad tenemos con el presidente y el administrado que el 25% de los vecinos nos hemos propuesto convocar una junta extraordinaria para elegir una nueva junta directiva. Tenemos las firmas del 25% del coeficiente de propietarios perno no sabemos cómo debemos actuar para convocar la junta ¿ debemos pedirle al administrador que sea él quién la convoque ? ¿Puede negarse a hacerlo ? De negarse ¿ como debemos actuar ?
Estamos muy preocupados por este tema así que agradecermos mucho cualquier ayuda. Muchas gracais de antemano

Autor:  comunero [ Mié Oct 24, 2007 11:00 am ]
Asunto: 

El administrador no es quien para convocar ninguna junta, esta solo puede ser convocada por el presidente o en su defecto como pretendéis por el 25% de los propietarios.

Lo que tenéis que hacer es redactar la convocatoria, con los asuntos a tratar, en este caso cambio de cargos de la junta, si queréis añadir otros podéis hacerlo, pero para empezar debería ser suficiente. Remitir la convocatoria a todos los propietarios e incluir al administrador también, ya que su puesto va a ser ocupado por otra persona.

Debéis conseguir toda la documentación posible y el control de las cuentas corrientes, esto es lo mas importante una vez celebrada la junta.

Autor:  DARMAS [ Mié Oct 24, 2007 11:08 am ]
Asunto: 

Muchas gracias comunero.
Si lo he entendido bien es suficiente con que avisemos al resto de comuneros de la fecha y hora de celebración de la junta y que enviemos la convocatoria al administrador. En la celebración de la junta ¿ cualquier puede ocupar el lugar del administrador y levantar acta ? ¿ hay algún mecanismo legal por el cual podamos obligar al adminsitrador a hacernos entrega de la documentación y del control de las cuentas corrientes ? El actual presidente le amenaza con prescindir de sus servicios si facilita esa información al resto de comuneros y hasta ahora lo único que tenemos es el listado de morosos y los estatutos de la comunidad. No hemos podido conseguir que nos entregue nada más.
Gracias otra vez.

Autor:  comunero [ Mié Oct 24, 2007 2:39 pm ]
Asunto: 

Al iniciar la junta, nombráis un nuevo secretario y presidente si es necesario para que firmen el acta una vez redactada.

Comunicar la convocatoria de manera que no se pueda luego decir que no se ha recibido ( burofax ).

La manera es la que habéis emprendido, pero si no resulta, tendréis que optar por a demanda judicial, probar antes con el colegio de administradores por si os hacen caso y actúan de intermediarios.

No suelen acabar muy bien estos temas, debido a la prepotencia de estos señores. Normalmente con el dialogo no suele llegarse a buen termino, pero no por ello no hay que dejar de intentarlo.

Autor:  Antonio R [ Lun Oct 29, 2007 8:45 pm ]
Asunto: 

Convoquen la convocatoria a requerimiento de los propietarios D.--------- piso 3,1; D---------- piso 1,4. D------------ 2,1 etc... que conforman el 28,5%.

Orden del día: Cese del administrado o presidente.

Ponga la fecha , la hora y el lugar de la reunión y mandensela a los propietario. También exponganla en el cuadro de aviso durante una semana.

En el momento de la reunión, nombren a un presidente en funciones y a un secretario. Hagan una lista de los asistentescon su coeficiente de participación.

Enumeren los acuerdos al canzados, con el porcentaje alcanzado y si ha habido algún voto en contra háganlo constar.

Al cierre de la reunión deben de firmar todos los convocantes (no todos los asistentes, sino los convocantes) el acta. Mándele el acta a los propietarios.

Autor:  DARMAS [ Mié Oct 31, 2007 11:22 am ]
Asunto: 

Muchas gracias a todos.
Tengo una última duda: doy por hecho que todos los convocantes tienen que estar al día con las cuentas de la comunidad. ¿ Me equivoco ?

Autor:  comunero [ Mié Oct 31, 2007 4:45 pm ]
Asunto: 

No creo que tenga que cumplirse dicho requisito, ya que la única mención que hay en la ley al respecto de los morosos, es que no tienen derecho a voto, de lo demás, no se dice nada, por lo tanto pienso que no tienen porque estar al corriente para formar parte del 25%.

Autor:  Sirio [ Mié Oct 31, 2007 4:46 pm ]
Asunto: 

Yo soy un simple presidente así que te doy mi punto de vista a la espera de los "pesos pesados del foro"..jeje

Pienso que el tema de estar al corriente de pago afecta al tema de las votaciones en junta ya que el voto de los morosos no es válido.

Un duda que se me plantea...

¿Si no se le comunica al antiguo Administrador dicha reunión sigue siendo válida?

Un saludo

Autor:  DARMAS [ Mar Nov 13, 2007 10:25 am ]
Asunto: 

Hola a tod@s:
Al final hemos conseguido que la junta se convoque para el próximo 19 de noviembre.
Hicimos llegar al administrador y al presidente actual la convocatoria firmada por más del 30% de los comuneros y han accedido a convocar la junta. El problema es que en la documentación que les enviamos sólo había un punto en el orden del día ( elección de nueva junta direcctiva ) pero en la convocatoria que el presidente y al adminsitrador están enviando a los comuneros aparece un segundo punto en el orden del día que nosotros NO hemos solicitado.
Creemos que se trata de una maniobra para que una vez se vote ese nuevo asunto, el presidente pueda quitarse de encima algunas responsabilidades que podrían tener consecuencias, derivadas de graves irregularidades en su gestión.
¿ Pueden modificar nuestra solicitud de junta extraordinaria e incluir un nuevo punto en el orden del día o deben respetar estrictamente nuestra solicitud ? En el caso de que este procedimiento sea irregular ¿ cómo debemos actuar ? Muchas gracias !!

Autor:  comunero [ Mié Nov 14, 2007 11:45 am ]
Asunto: 

Vamos a ver, es que la convocatoria no la tienen que hacer ellos, la convocatoria y su redacción es cosa de los propietarios convocantes. Al haberla escrito ellos, resultara que no se hace a petición de los comuneros, sino que se celebra por iniciativa del presidente, y esto no era el caso que se trata.

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