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Cambio de administrador - ¿qué debo tener en cuenta?
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Autor:  sark44 [ Jue Ene 03, 2008 7:19 pm ]
Asunto:  Cambio de administrador - ¿qué debo tener en cuenta?

Hola,

Debido a diferentes desencuentros con nuestro administrador actual en nuestra comunidad nos estamos planteando seriamente cambiar de administrador aprovechando que el próximo mes de Marzo "finaliza" el año.

Por ello nos surgen algunas dudas:
- ¿Debemos avisar al actual administrador de que su contrato no se va a renovar con algún tiempo de antelación mínimo?
- ¿Es posible adelantar la finalización del contrato con nuestro actual administrador sin penalización para la comunidad?
- Imagino que debemos someter el cambio de administrador a votación, ¿qué mayoria debe alcanzarse para aprobar dicho cambio?. Para convocar las reuniones y elaborar las actas de estas acostumbramos a pasar este trabajo a nuestro administrador, pero en este caso concreto creemos que resulta algo incómodo/violento: ¿qué se acostumbra a hacer en estos casos; se pasa el encargo al nuevo administrador?
- Cuando se finalize el contrato entiendo que nuestro administrador debe entregar toda la documentción a la comunidad (o al nuevo administrador), ¿qué documentos nos debe entregar?

Muchas gracias!

Autor:  comunero [ Jue Ene 03, 2008 8:39 pm ]
Asunto: 

Dependerá de la redacción del contrato que tengais, si es que existe alguno. De no existir, en la junta ordinaria se renuevan los cargos por ley, no tiene que haber problema para cambiar de administrador, aunque seguramente los quiera poner éste.

Al hacer la convocatoria ordinaria, no debeis olvidar el punto de cambio de cargos, sin excepción.

Se puede adelantar si es que no estais conforme con sus funciones, aunque para lo que os queda, simplemente es mejor esperar y hacer la junta lo antes posible, no hace falta que sea un año exacto.

Las mayorias necesarias para cualquier cambio de cargos, dependiendo de si es en primera convocatoria o segunda se necesitaran más votos.

Mayoría de votos y de coeficientes de los asistentes en segunda convocatoria, es lo normal.

No podeis tener nuevo administrador sin haber destituido al primero, y no debe figurar nada raro en la misma, solo cambio de cargos, y presupuesto anual de gastos. Lo lógico es que el presidente sea quien la redacte, o al menos sea el que ponga las pautas, ya que el que la firma y único responsable es él.

Esta parte es la más complicada, ya que cuando salen, suelen hacerlo rebotado, para ello mejor que seal el nuevo administrdor el que se haga cargo y así veis lo efectivo que puede ser en el futuro.

Autor:  sark44 [ Sab Ene 05, 2008 8:28 am ]
Asunto: 

Comunero, muchas gracias por tu respuesta.

Utilizaremos tus sabios consejos! :wink:

Autor:  Sirio [ Mar Ene 15, 2008 12:05 pm ]
Asunto: 

Añadir a la respuesta de comunero que en muchas ocasiones se dan problemas de la retención ilegal por parte del administrador saliente de la documentación.

De todos modos el nuevo administrador os asesorara al respecto, comentarle que la elección es por un año y para el cese anticipado hay que tener pruebas fisicas de que este elemento (lo que suelen ser en ocasiones) no ha cumplido su trabajo.

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