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CUOTAS MENSUALES DE COMUNIDAD
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Autor:  GUNFERSE [ Vie Abr 17, 2009 11:59 am ]
Asunto:  CUOTAS MENSUALES DE COMUNIDAD

Muy buenas compañeros,

Os voy a comentar un duda que tengo respecto a mi comunidad y que seguro que me podéis resolver.

He comprado un piso de 2ª mano que tiene menos metros cuadrados y por tanto menos cuota de participación que el resto por lo que deberia pagar menos de cuota mensual que el resto. Sin embargo en una reunión anterior a que yo comprara el piso decidieron que todos los pisos pagaran la misma cuota mensual independientemente de la cuota de participación.

¿Puedo reclamar ahora que se cobren la cuotas correctamente o ese acuerdo ya queda para siempre? (estoy pagando aproximadamente 15 euros más al mes de lo que me corresponderia por mi cuota de participación).

Graciñas anticipadas y que siga bajando el euribor.

Autor:  comunero [ Vie Abr 17, 2009 12:09 pm ]
Asunto: 

El acuerdo tomado en ese momento es válido para los que en ese momento pertenecían a la comunidad y podría obligar a todos si se hubiera registrado tal acuerdo, si no se ha realizado este proceso, tu obligación es pagar en base a la cuota que tienes asignada y puedes mover papeles para que así sea.

No creo que baste con que digas que no quiere, o dejar de pagar, sin más, porque te incluirán en la lista de morosos. Tienes que defender tu derecho primeo en junta y llegado el caso tendrás que acudir al juzgado.

Autor:  GUNFERSE [ Vie Abr 17, 2009 4:12 pm ]
Asunto: 

Muchas gracias comunero,

¿a qué te refieres con registrar el acuerdo? El administrador de fincas me dijo que fue un acuerdo votado en la junta hace años, que después enviaron comunicación a todos los vecinos y que nadie reclamó. Me imagino que estará en el libro de actas de la comunidad.

Según el administrador se acordó pagar una cuota fija de 100 euros para todos los pisos ¿cabria aquí la interpretación de que sobre esos 100 euros se aplicaría el coeficiente según la cuota de participación o tengo que discutirlo en la próxima junta aunque me imagino que lo que ya haya pagado de más hasta entonces lo habré perdido?

Graciñas de nuevo

Autor:  comunero [ Sab Abr 18, 2009 12:07 am ]
Asunto: 

En estos casos de toma de acuerdos, siempre afectan a aquellos que en su día lo tomaron, pero al no estar usted presente, pues no le afecta.

Los acuerdos que se pretendan afecten a todos los propietarios habidos y por haber, han de ser registrados, al igual que los estatutos, de lo contrario solo obliga a aquellos que en su día tomaron el acuerdo.

Autor:  GUNFERSE [ Lun Abr 20, 2009 8:21 am ]
Asunto: 

Graciñas, te explicas como un libro abierto.

Autor:  GUNFERSE [ Jue Abr 23, 2009 8:23 am ]
Asunto:  PARA COMUNERO

Comunero, ya he expuesto mi reclamación sobre el pago proporcional a mi cuota y el administrador de fincas me ha dicho que sobre la cuota fija de comunidad me aplicará la cuota de participación que me corresponda pero sobre los gastos derivados de la calefacción (mínimo y precio hora) no se usa el mismo criterio sino que tendrán que venir a medirme los elementos relativos a la calefacción que tengo en mi piso y compararlos con los del resto para calcularlo ¿es eso cierto? En los estatutos de mi comunidad dice que todos los gastos comunes se pagarán según la cuota de participación de cada uno y no habla en particular de la calefacción en ningún sitio.

Graciñas y a ver si consigo rebajar un poco más la cuota mensual que cuesta llegar a fin de mes.

Autor:  comunero [ Jue Abr 23, 2009 12:10 pm ]
Asunto: 

A ver, no tengo la posesión de la verdad obligatoriamente, es una opinión y creo que tengo razón al igual que tú.

Si no se hace mención expresa en ningún apartado de estatutos, escrituras o acuerdos en acta, los gastos generales son eso, gastos generales y por ello se les aplica el mismo patrón a todo y se pagarán en base a la cuota asignada.
Las viviendas más grandes suelen tener mayor coeficiente porque se presupone que gastan más en concepto de luz, agua, etc, por lo que no hay que hacer reparto alguno de ningún otro servicio a no ser que se haga mención expresa en algún sitio y según comentas, no es el caso en tu comunidad.

Parece que tu administrador no está por la labor, pero es que él no es quien decide nada en vuestra comunidad, en todo caso asesora y aconseja lo mejor o lo legal, pero quienes deciden son los propietarios. si a pesar de ello convence a una mayoría y se llega a algún acuerdo que le afecte, siempre tiene la opción de impugnarlo.

Al no especificar nada en concreto sobre el apartado de calefacción, entiendo que se paga por coeficientes a no ser que cada uno tenga un contador a parte y se pueda medir este valor de forma individual.

Autor:  GUNFERSE [ Vie Abr 24, 2009 10:29 am ]
Asunto: 

Comunero, yo lo entiendo igual que tú. El administrador dice que la calefacción no se considera un gasto común y que por lo tanto no se le puede aplicar la cuota de participación. Pero bueno, le voy a decir que me enseñe en que ley o estatutos dice eso o si es una interpretación personal del asunto.

Ah! y gracias de nuevo

Autor:  comunero [ Vie Abr 24, 2009 11:18 am ]
Asunto: 

Te vuelvo a repetir, el administrador es empleado de la comunidad, y su misión consiste en asesorar y gestionar la comunidad hasta donde le permitan los propietarios.

El no es quien para decidir nada en tu comunidad, sus palabras no debían tener valor alguno distinto al de asesorar. Los que deciden son los propietarios. Yo le diría al presidente que convoque junta para tratar el asunto entre los propietarios y de no querer hacerlo, buscaría apoyo del 25% de propietarios y obligaría a ello para dejar el tema claro lo antes posible.

Autor:  Rasante [ Mar May 26, 2009 5:30 pm ]
Asunto: 

Para conocimiento de todos yo me encuentro en la misma situación. En las escrituras de división horizontal viene estipulado que los gastos de mantenimiento de la caldera serán por metros cuadrados de la vivienda y el consumo por el contador individual. Aquí no aplica la cuota de participación.
Que lo sepassssssssssssssssssss.

Autor:  comunero [ Mié May 27, 2009 10:14 am ]
Asunto: 

Rasante escribió:
Para conocimiento de todos yo me encuentro en la misma situación. En las escrituras de división horizontal viene estipulado que los gastos de mantenimiento de la caldera serán por metros cuadrados de la vivienda y el consumo por el contador individual. Aquí no aplica la cuota de participación.
Que lo sepassssssssssssssssssss.


Si dicen las escrituras que se abonarán por metros cuadrados, se entiende que es por cuota de participación, algo legal y normal, lo mismo el gasto por contador individual. Si existe el contador por propietario lo normal es que cada cual pague lo que gasta, aquí no veo irregularidad alguna.

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