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junta sin asistencia
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Autor:  masivo [ Dom Jun 28, 2009 12:06 pm ]
Asunto:  junta sin asistencia

Para el próximo día 30 ha convocado el administardor una junta ordinaria en la que todo indica que no va a asistir nadie. Como en ella hay que elegir los cargos de presidente y administrador, qué ocurre cuando no acude nadie a una junta. ¿Se puede posponer como pedíamos algunos propietarios?

Autor:  comunero [ Lun Jun 29, 2009 9:37 am ]
Asunto: 

Si no asiste propietario alguno, la junta no se puede celebrar, pero tal que se presente uno la junta va para adelante y deciden los asistentes.

Autor:  masivo [ Lun Jun 29, 2009 4:43 pm ]
Asunto: 

gracias comunero. O sea, que el presidente tendrá que convocar una nueva junta previa consulta al presidente, ¿no?

Autor:  comunero [ Mar Jun 30, 2009 1:01 pm ]
Asunto: 

Debes de haberte liado al hacer el ultimo comentario. El presidente no necesita consultar con nadie sobre la fecha de la junta. El decide cuando y como la hace y de haber algún problema será el 25% de propietarios quien tenga que convocar la junta.

Autor:  masivo [ Mar Jun 30, 2009 3:57 pm ]
Asunto: 

perdona la contradicción de mi pregunta. Es que desde que no vivo allí he perdido un poco la normativa al respecto. Entonces unajunta la convoca el presidente, él señala la fecha, no el administrador, ¿cierto?

Otra cosa, aprovechando el hilo, hace unas semanas, en uno de los pisos estalló una tubería del fregadero. Como no había nadie en el mismo, el agua se salió afuera e inundó las escaleras provocando la caída de la pintura en algunas zonas. ¿Quién debe pagar la reparación de dicha pintura? me imagino que el propietario de ese piso

Gracias por tu atención.

Autor:  comunero [ Mié Jul 01, 2009 10:32 am ]
Asunto: 

Así es, las juntas se convocan por orden del presidente, o por un número de propietarios a partir del 25% de votos o coeficientes. El administrador es un empleado de la junta y aunque debe asesorar en aspectos legales, no toma decisiones por sí solo y menos aún debe convocar junta sin contar con la autorización del presidente.

Tienen que mirar el seguro comunitario y el seguro de la vivienda que provocó el problema. Si entre estos no se ponen de acuerdo, tendrán que iniciar acciones contra el vecino, antes no. Las cosas mejor hacerla de mutuo acuerdo cediendo en aquello que sea posible ceder para no alargar los procesos.

Autor:  masivo [ Jue Jul 02, 2009 3:55 pm ]
Asunto: 

gracias, comunero :D

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