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 Asunto: junta extraordinaria
NotaPublicado: Sab Jun 03, 2006 6:22 pm 
CUANTOS PUNTOS SE PUEDEN PRESENTAR EN UNA JUNTA EXTRAORDINARIA.ME HAN COMENTADO QUE SOLO 1.¿ES VERDAD?;Y EN QUE ARTICULO PUEDO RECURRIR DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL PARA CONFIRMARLO.[/img]


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 Asunto:
NotaPublicado: Lun Jun 05, 2006 8:05 am 
Artículo 16.2.
Cualquier propietario podrá pedir que la Junta de propietarios estudie y se pronuncie sobre cualquier tema de interés para la comunidad; a tal efecto dirigirá escrito, en el que especifique claramente los asuntos que pide sean tratados, al Presidente, el cual los incluirá en el orden del día de la siguiente Junta que se celebre.


De donde se deduce que el número de puntos es ilimitado. Para muestra:

http://usuarios.arsystel.com/impunidades/burofax_2_pag2.jpg


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