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Nuevo tema Responder al tema  [ 4 mensajes ] 
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 Asunto: Curiosidades con los estatutos...
NotaPublicado: Jue Ago 16, 2007 11:09 am 
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Registrado: Jue Jul 26, 2007 4:59 pm
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En otra de mis indagaciones...he encontrado esta "perla en una escritura de división horizontal" de mi suegro, es un edificio pequeño de obra nueva:

ESTATUTOS:

1* Los propietarios de los distintos departamentos que integran el edificio podrán, sin consentimiento de los demás propietarios, segregarlos, dividirlos, agregarlos o agruparlos otro u otros elementos privativos, tanto vertical como horizontalmente, pudiendo distribuir entre los así formados la nueva cuota de participación, sin necesidad del acuerdo de la Junta de Propietarios.

2* Igualmente podrán instalar las acometidas de agua, alcantarillado, luz y demás servicios públicos, pudiendo empalmarlos a las instalaciones generales del edificio sin que en ningun caso se puede alterar o menoscabar la seguridad del edificio.

3*El local comercial y entreplanta estan exentos de contribuir a los gastos generales.

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1ª ¿Es legal?
2ª ¿Que intencionalidad puede tener esta regla estatuaria?...que mala pinta
3ª ¿El local y entre planta no pagan administrador?


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NotaPublicado: Vie Ago 17, 2007 11:35 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
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Ubicación: Valencia y Alicante
Aunque sea sorprendente, no es infrecuente encontrar ese tipo de cláusulas en las diferentes escrituras de división horizontal y/o estatutos. Son legales hasta que se declara su ilegalidad, es decir, hasta que se impugnan ante el juzgado y el juez ordena el cambio de la cláusula a una no abusiva -especialmente la tercera que usted menciona-.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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NotaPublicado: Dom Ago 19, 2007 11:44 am 
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Registrado: Jue Jul 26, 2007 4:59 pm
Mensajes: 11
La tercera sin duda es abusiva totalmente, ya que si no pagan gastos generales...no pagan nada de la comunidad, ¿le tiene el administrador que mandar cartas a nuestra costa?...

Quiero saber que tengo que hacer para denunciar este echo, es decir que pasos seguir, tengo entendido que este tipo de reclamación se puede plantear ante consumo puesto que los que son comuneros (en este caso mi suegro) tienen derecho como consumidores a reclamar.


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NotaPublicado: Dom Ago 19, 2007 11:00 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Los pasos a seguir -a grandes rasgos- son los siguientes:

1.- Convocatoria de junta de propietarios para la modificación de la escritura de división horizontal y/o estatutos, a fin de que el local comercial y entreplanta contribuyan a los gastos generales según su coeficiente de participación.

2.- Dado que para este tipo de acuerdos es necesaria la unanimidad de los propietarios -que no exista ningún voto en contra- es muy probable que no consigan sacar adelante el acuerdo.

3.- Realizar la oportuna denuncia en el juzgado para que se resuelva lo procedente a través del juicio de equidad.

El resto de actuaciones -consumo, ayuntamiento, etc.- no merecen la pena -desde nuestro punto de vista-, dado que únicamente con una sentencia se puede obligar al pago.

En cualquier caso, es conveniente que consulten a un abogado.

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Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

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