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 Asunto: Aprobacion derrama en Ruegos y Preguntas
NotaPublicado: Jue May 22, 2008 10:15 am 
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Registrado: Jue May 22, 2008 9:44 am
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Notificado a los coopropietarios llamada a Junta General con el orden del dia establecido, y una vez en plena realizacion de la Junta y llegado el ultimo termino del orden del dia, RUEGOS Y PREGUNTAS, se saca a colacion por parte de algunos de los asistentes, la necesidad de cambiar una puerta y sacar los telefonillos al exterior de la nueva puerta, se acuerda por unanimidad de los asistente llevar el proyecto adelante y ademas poner una derrama de 8000.-Euros como presupuesto de dicho proyecto, autorizando a la Junta de gobierno sin ninguna limitacion, para llevar a efecto dicho acuerdo.
Logicamente, y posteriormente algunos no estamos de acuerdo con esta actuacion; cuales son las reglas a seguir despues de 6 meses de no obtener ninguna contestacion en mi reclamacion de anulacion de esta punto de ruegos y preguntas y que se convoque nueva junta incluyendo el tema en el Orden del Dia.


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NotaPublicado: Jue May 22, 2008 11:16 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Lo legal es que no se pueden adoptar acuerdos en el apartado de Ruegos y preguntas, pero habiendo sido aprobado por unanimidad, la cosa cambia según se haya desarrollado el asunto.
Si el acuerdo es aprobado por unanimidad, ¿ como es posible que no estés de acuerdo?
No se pueden dejar dormir los asuntos tantos meses y pretender zanjarlo luego de un plumazo, los plazos son de tres meses o de un año, asi que consultaria a un abogado, creo que se estaría dentro del año por ser algo contrario a ley, aunque la unanimidad es lo que me descuadra.

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NotaPublicado: Jue May 22, 2008 5:35 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
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Ubicación: Barcelona (España)
Como bien dice comunero los asuntos no se pueden dejar dormir.
La ley establece que los asuntos a tratar debe ir incluidos en el orden del dia, cocretamente en la ley de Cataluña lo deja muy claro y dice:

Artículo 553-25

Acuerdos

1. Solo pueden adoptarse acuerdos sobre los asuntos incluidos en el orden del día. Sin embargo, la junta de propietarios puede acordar, aunque no consten en el orden del día, la destitución del presidente o presidenta, el administrador o administradora o el secretario o secretaria y emprender acciones contra ellos, así como el nombramiento de personas para ejercer dichos cargos.

Hecho que expongo por si usted reside en la comunidad catalana.

Al ir en contra de la ley el periodo de impugnación es de un año, es decir, que está usted a tiempo, PERO y lo pongo en mayúsculas, esto no es gratis y de resultados imprevisibles, ¿POR QUÉ?, porque la justicia está hecha unos zorros y le puede salir un juez por peteneras y a usted le puede salir la torta un pan.


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NotaPublicado: Jue May 22, 2008 6:44 pm 
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Registrado: Jue May 22, 2008 9:44 am
Mensajes: 8
Estimados contertulios: gracias por las contestaciones recibidas, no obstante quiero puntualizarle a Comunero que lo que le descuadra, es que no ha leido convenientemente mi pregunta, y por tanto esta haciendo un juicio erroneo del asunto: Se acuerda por unanimidad de los ASISTENTES: En este caso de asistentes fueron 3 +2 por delegacion, lo cual supone 5 votos en total los asistentes de 24 que componen el edificio, yo en particular no asisti a la junta dado la poca relevancia del orden del dia.
Tambien debo contestarle a ambos pugiles, que en asuntos de leyes los asuntos ni estan despiertos ni se dejan dormir, sencillamente se pasan de plazo y asunto terminao. En este caso desde el primer dia se ha intentado diferentes componencias para realizar una nueva junta, que incluyera en el orden del dia dicho asunto, lo cual despues de muchas conversaciones y esperas que solo pretendian la perdida de tiempo por parte de los dirigentes comunitarios con el fin de alargar el asunto todo lo posible, por lo que ya no me queda mas remedio que iniciar la impugnacion judicial.


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NotaPublicado: Vie May 23, 2008 5:45 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
En primer lugar le tengo que decir que, la unanimidad de los presente, como usted apunta, es la unanimidad en ese mometo de la comunidad ya que se ha debido convocar en tiempo y forma, es decir, a todos los efectos es la unanimidad de toda la comunidad, asistan o no asistan, entre otras cosas, porque la no asistencia se considera voto afirmativo, el silencio es positivo en estos actos. Si bien, y dado que es una instalación de interés general se podría votar en contra dentro de los 30 días siguientes a la celebración de la esta junta, pero al no estar dentro del orden del día, no cabe votación alguna, está fuera de la ley y por tanto la impugnación debería ser la demanda ordinaria, pero esto su abogado se lo dirá mejor que yo cuando tenga en sus manos toda la documentación.

Y en segundo, no me considero púgil de nada, al igual que a usted no la considero ningún sparring, solo me he limitado a contestarle a sus preguntas, pero veo que en cuestión de interprestar leyes está muy puesta.


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NotaPublicado: Vie May 23, 2008 5:57 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Si nos riñe por usar metáforas, no está bien que las utilice usted.

El proposito era simplemente ayudar en lo que se pueda y hasta donde se llegue y creo que lo que cuenta es la intención.

No es de bien agradecido poner pegas a lo que se hace en la medida de los conocimientos de cada uno, por lo que habría quedado mejor en todo caso haber hecho el comentario de forma privada en lugar de como lo ha realizado.

En cuanto a la pregunta, si la he leido correctamente, pero si faltan premisas, que se guarda, dificilmente se puede acertar de pleno.

En cuanto a la metáfora utilizada, simplemente teniendo documentación que avale lo que comenta, tendrá el problema solucionado, pero lo que no creo que le valga de mucho es decir que lo han hablado sin más y que se les está dando largas.

En resumen el acuerdo si quieren paralizarlo, tendrán que impugnarlo y razones, las hay, o al menos eso creo, ya que de leyes se bastante poquito por lo que metidos en berenjenal, utilizaría un abogado que se les presupones el conocimiento.

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NotaPublicado: Lun May 26, 2008 10:03 am 
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Registrado: Jue May 22, 2008 9:44 am
Mensajes: 8
Estimados contertulios Comunero y Antonio R: Posiblemente haya usado palabras de una cierta brusquedad, pero no es mi intencion ofender; vaya por delante mis respetos y mi agradecimiento por vuestras respuestas, sinceramente muchas gracias y os pido perdon.


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NotaPublicado: Lun May 26, 2008 12:09 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Aceptadas ya que entendí algo "ofensivo" pero visto lo visto me retracto tambien y por supuesto pido disculpas por mi mala interpretación de la respuesta que nos ofrecio.

"pelillos a la mar", y aqui estamos para lo que se pueda ayudar y de camino aprender, que hay gente que sabe bastante.

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