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Administrador de mentira
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Autor:  luis_vs [ Vie Ene 21, 2011 5:39 pm ]
Asunto:  Administrador de mentira

Buenas tardes, escribía para pedir ayuda y consejo para lo siguiente:
La persona que creíamos administrador de nuestra comunidad, en las actas de las juntas ordinarias y extraordinarias, se denomina "asesor de la comunidad".
En el apartado de renovación de cargos del acta de la última junta ordinaria aparece: -PRESIDENTE: Fulanito
-VICEPRESIDENTE: Menganito
-ASESOR: el supuesto administrador
(y en las actas de años anteriores igual)

• ¿Qué podemos hacer para cesar al asesor de su puesto? ¿Tiene su cese derecho a indemnización? ¿A cuánto ascendería?
• Si contamos, para la aprobación del cese, con la firma de más del 50% de vecinos, ¿Se puede cesar al asesor sin necesidad de celebrar una junta ordinaria o extraordinaria?

Comentar también, que:
-La única persona que firma las actas es el presidente de la comunidad.
-En nuestra comunidad no existe el cargo de secretario administrador.
-Tenemos noticias del colegio de administradores de mi provincia de que el asesor se colegió en diciembre de 2007.
-Ha sido el único asesor o persona encargada de llevar la comunidad desde su creación (octubre de 2004).
-El asesor ha firmado un certificado de no existencia de deudas con la comunidad a un propietario, firmando dicho certificado como "asesor-administrador-secretario. (A finales de 2009)
-El asesor ha firmado burofaxes de notificación a propietarios morosos de la comunidad, exigiendo el pago de sus deudas o de lo contrario se emprenderán acciones legales contra ellos. Firmando dichos burofaxes como "Asesor administrador". Esto fue hará dos meses.

• ¿Es obligatorio en una comunidad el cargo de secretario?
• ¿Un asesor tiene algún tipo de responsabilidad legal, penal, civil de sus acciones? Si no tiene responsabilidad, ¿quién sería el responsable
• ¿Es legal o le está permitida la emisión del certificado y burofaxes anteriores sin figurar en las actas como administrador y secretario? De ser ilegal lo anterior, ¿se le puede echar en cara en una junta ordinaria o extraordinaria dichas actuaciones?
• ¿Se pueden denunciar dichos actos ante el colegio de administradores de fincas de mi provincia?


Un saludo y muchas gracias de antemano.

Autor:  comunero [ Sab Ene 22, 2011 4:35 pm ]
Asunto: 

Tienen que mirar las actas bien y ver que han votado para este acuerdo. El trabajo de un administrador es asesorar a la comunidad, entre otras cosas.
Para cesar un cargo tienen que aprobarlo por mayoría en una junta al efecto. Para saber si tiene derecho a indemnización, habría que saber si existe algún tipo de contrato y en el caso que así fuera y no ponga nada sobre este apartado deberían abonar los meses con los que se despide antes de finalizar su contrato, salvo que sea por causa justificada y puedan demostrarlo.

Nada se puede acordar sin una junta previa.

El único cargo obligatorio es el de presidente.

Dice que ya ha acudido al colegio de administradores, ¿como es que no le han dicho nada a cerca de esto y han metido cartas en el asunto?

El título es lo de menos, al menos así lo veo yo, lo que tienen que tener en cuenta son las acciones realizadas y si son ilegales. Deberían buscar a un abogado y enseñarles todo lo que tienen a ver si les interesa hacer algo al respecto.

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