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posible impugnacion?
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Autor:  chelinka [ Vie Mar 25, 2011 3:12 pm ]
Asunto:  posible impugnacion?

Hola:

Ayer hubo junta de la comunidad general, en el orden del dia estaba la renovacion de cargos, especificando presidente y vicepresidente (no del administrador, que es profesional o eso dice....) Otro de los puntos era la delegacion de dos gestiones concretas en el administrador, gestiones que corresponden por su naturaleza a la comunidad general.

Pues, para nuestra sorpresa se plantea que es mejor que el administrador lleve tambien las subcomunidades (3) y se voto. Gano el si. Tambien decidieron que se "eliminaban" las cuentas bancarias independientes de cada subcomunidad.

1.- ¿Se requeriria un acuerdo unanime de cada subcomunidad por independiente?
2.- Por otra parte me toca ser presidenta de mi subcomunidad ¿Se ha eliminado el cargo con esta decision o por el contrario es necesario una junta de la subcomunidad para ello?

Estoy muy liada.

La EDH refleja solo la comunidad general, sin embargo todas las subcomunidades tienen su libro de actas registrado debidamente y su correspondiente CIF. LLevamos 40 años funcionando asi, todos tenemos nuestras cuotas de participacion adaptadas a la subcomunidad.

Por otra parte no hay estatutos ni en la Comunidad general ni en las subcomunidades.



Aunque es seguro que intentaran encajarlo en alguno de los puntos que si figuraban en el orden del dia, quisiera saber si veis posible una impugnacion alegando que ese punto no estaba en el orden del dia o que es un asunto a decidir en cada una de las subcomunidades debidamente convocadas. Estoy al corriente de pagos, no acudi a la junta y aun no he recibido el acta por lo que tengo intencion de si lo creeis viable mandar escrito de oposicion e impugnar judicialmente.

¿ Puedo aprovechar estos dias hasta la firma y recepcion del acta para la "cesion de los trastos", de acuerdo con el presidente anterior, y negarme a entregar la documentacion de la subcomunidad hasta que se decida en junta de la subcomunidad todos estos asuntos o se resuelva judicialmente la posible impugnacion.

Desde un mar de dudas, gracias por las respuestas.

Se que los acuerdos son ejecutivos desde que se firma el acta pero ¿debo aceptar lo decidido en la junta de la comunidad general y cerrar la cuenta de la comunidad ademas de entregar toda la documentacion?. Entiendo que para cerrar la cuenta es necesario la presentacion de un acta de nuestra subcomunidad, acta que no existe, en la que este acuerdo este decidido.

saludos

Autor:  comunero [ Vie Mar 25, 2011 3:54 pm ]
Asunto: 

En tu caso iría a un profesional con la documentación correspondiente para que le asesore. Son muchas cosas que ver, las que le han pasado en la última junta.

Autor:  chelinka [ Mar Abr 05, 2011 5:40 pm ]
Asunto: 

Comunero, gracias, segui su consejo.

Hoy he visitado a un abogado con toda la documentacion que he podido reunir. A pesar de ello persiste la duda de si es una sola comunidad que ha funcionado de mala manera o si son subcomunidades independientes. Va a revisar con calma la documentacion y pedira alguna mas en donde corresponda. ademas quiere mirar jurisprudencia pero por ahora vamos a enviar escrito de oposicion sobre tres acuerdos, asi ganaremos tiempo y decidiremos despues que impugnar y que no.

lo dicho gracias y mantendre el asunto al dia para que todos saquemos algo positivo de esta experiencia.

saludos

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