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enrega de llaves
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Autor:  toexcar [ Dom Abr 10, 2011 5:50 pm ]
Asunto:  enrega de llaves

Hola buenas tardes: Voy a ser el presidente de mi comunidad y al respecto me han surgido unas dudas que espero y deseo me aclaren:
1.- Se acordó en la ultima junta ademas del cambio de presidente, el hacer ciertas mejoras super precisas en la finca como son la rehabilitacion de la fachada y patio de luces, cambio de la puerta de entrada a la finca y cambio de los buzones, como quiera que tenemos un vecino moroso desde hace cuatro años que está inmerso en un proceso monitorio( y eso que decian que con el cambio de las leyes esto iba a ser mucho mas rapido) cuando se cambie la puerta y los buzones ¿ podemos negarnos a darle la correspondiente llave si no esta al corriente del pago? de hecho cuando se pueso el ascensor ellos votaron afirmativo en su instalacion y no han pagado hasta el dia de hoy ni un solo euro lo que conlleva que hubo que poner cerradura en las puertas del ascensor y ellos al no pagar tampoco disfrutan de este servicio.
2.- Como pasan de todo lo referente a la comunidad, la limpieza la hacemos cada uno de los vecinos ( solo somos 12) excepto ellos, por eso les pregunto ya que dicha obligacion se la saltan a la torera y con ello el vecino que le toca a la semana siguiente debe de limpiar su parte y la del vecino "pasota" si seria legal el poner una determinada cantidad como "castigo" al no cumplir con sus obligaciones y essa cantidad fuera a parar a los fondos de la comunidad.
3.- Como es obvio que cuando se aprueben las obras a realizar y de antemano presupongo que no van a asistir a las juntas, a tenor del efectivo disponible en la cuenta de la comunidad, habrá que hacer una derrama tal y como ocurrio cuando se instaló el ascensor, dicha cantidad se puede añadir al proceso monitorio que actualmente está en vigor ó por contra habrá que iniciar uno nuevo?. desearia en caso de obtener respuesta a mis dudas me lo hagan de la forma mas fundamentada posible con el fin de exponerlo en la proxima junta y tener una base legal donde apoyarme. GRACIAS

Autor:  comunero [ Dom Abr 10, 2011 6:37 pm ]
Asunto: 

Me extraña mucho que tengan un monitorio con tanta antigüedad, seguro que eso es así?

1. No se puede negar el acceso a ningún servicio común por el hecho de ser moroso, contra éstos hay que acudir al proceso monitorio, no hay más.

2. Pueden acordar casi de todo, otra cosa es que luego cumplan o no los acuerdos, y contra eso sólo cabe demandar al que no cumple.

3. Creo que lo que necesitan urgentemente es un abogado que a la vista de la documentación que tengan y la información pertinente actúe contra el insolidario que vive en su comunidad de una manera fulminante.

Autor:  ADMINISTRADOR DE FINCAS [ Mié Abr 13, 2011 2:01 pm ]
Asunto: 

1. No se puede negar el incumplimiento de las obligaciones del vecino no justificia el incumplimiento de las obligaciones de la comunidad estas se regulan en los art. 9 y 10 de la LPH
2-Cualquier acuerdo tomado con las mayorias suficientes y que figure en el orden del dia es valido.
3- El monitorio solo es por la cantidad establecida con lo que nuevas deudas corresponden nuevos monitorios, es importante que los realice un profesional puesto que un defecto de forma puede dar al traste con el cobro. Intentar ahorrar aqui es inutil puesto que esos gastos los tendrá que pagar el moroso en virtud del Art. 21 LPH la comunidad los adelanta pero finalmente los paga el moroso.
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html

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