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EL ADMINISTRADOR SE NIEGA A CONVOCAR JUNTA http://admicove.com/foro/el-administrador-se-niega-a-convocar-junta-t7411.html |
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Autor: | paris [ Jue Oct 18, 2012 8:59 am ] |
Asunto: | EL ADMINISTRADOR SE NIEGA A CONVOCAR JUNTA |
Buenos días; de nuevo necesito vuestra ayuda. Después de 2 años sin que el Presidente convoque una junta, hemos conseguido el apoyo del 31% de los vecinos para, de acuerdo con la ley, obligar a convocarla. El caso es que enviado el burofax con la convocatoria para el próximo lunes 22 en tiempo y forma, el administrador envia una circular diciendo que vale, que si, que habrá junta pero el 6 de noviembre y no el 22 como nosotros hemos convocado. Entendemos que habiendo conseguido el apoyo necesario de los vecinos, nosotros convocamos la junta y el administrador tiene que asistir sin más. ¿Es esto así? Si no se presentan el día 22, ¿Que debemos hacer? Además, en el burofax les pedíamos que enviaran las cuentas a todos los vecinos para poder examinarlas antes de la junta y aprobarlas si procede; es obvio que no nos las han facilitado y no creo que lo hagan. Por favor, es bastante urgente y grave porque sabemos que se han estado realizando obras sin consultar a los vecinos y creemos que aplazan la junta para poder tapar posibles agujeros en las cuentas. Muchas gracias |
Autor: | comunero [ Mar Oct 30, 2012 12:23 pm ] |
Asunto: | |
Como las juntas no las convoca el administrador, aún están a tiempo de convocarlas ustedes mismos en tiempo y forma y de forma extraordinaria antes del día 6, que es lo que pretende el susodicho. No olviden incluir en los puntos el cambio de cargo de administrador por perdida de confianza. |
Autor: | juan carlos soriano [ Lun Nov 05, 2012 6:41 pm ] |
Asunto: | |
En este caso, me cabe la duda de si, al establecer la Junta de gobierno por escrito, un compromiso de fecha para la convocatoria de la junta, prevalece ésta, y en caso de que no se convoque en esa fecha, entonces sí hacer valer la cuota establecida por Ley para convocar la Junta. En cualquier caso, a lo que sí que están obligados los convocantes es a incluir en el Orden del Día los temas que figuren en el burofax. |
Autor: | comunero [ Sab Nov 10, 2012 12:39 pm ] |
Asunto: | |
Creo que no ha tenido en cuenta en su opinión, que la junta la ha convocado el administrador por su cuenta y riesgo y eso a todas luces es algo ilegal. La facultad de convocar es del presidente o de una parte de los propietario, nunca del administrador. |
Autor: | juan carlos soriano [ Mié Nov 21, 2012 8:13 pm ] |
Asunto: | |
Razón tenéis Comunero. La Junta Ni el administrador ni el Secretario tienen capacidad legal para convocar junta. |
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