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 Asunto: Gastos de garajes sin tener propiedad
NotaPublicado: Jue May 17, 2007 8:16 pm 
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Principiante
Principiante

Registrado: Jue May 17, 2007 8:04 pm
Mensajes: 2
Hola, vivo en un edificio de 21 viviendas, 1 local y 1 planta de sotano con garajes y trasteros.
La comunidad quiere emprender acciones judiciales a un propietario de garaje que se ha apropiado de parte del pasillo de maniobrabilidad.
A parte quiere arreglar la puerta de entrada de vehículos que se ha estropeado, etc.
Para todo esto han pasado un recibo extra, a todos los vecinos.
Somos 5 o 6 vecinos los que no tenemos plaza de garaje, igual que hay propietarios de garajes que no tienen viviendas en el bloque.
Mi pregunta es si los que no tenemos garaje debemos de contribuir en estos gastos, o por el contrario se deberian de separar las cuentas de garajes por un lado y viviendas por otro.
Tambien hay que arreglar la antena colectiva y no veo justo que una persona que solo tiene una plaza de garaje tenga que hacerse cargo de ello.
Lo he consultado con tres administradores y me han dicho los tres que las cuentas de deberian de llevar a parte, pero el Administrador que lleva mi comunidad dice que no, que yo tambien soy coopropietaria de las zonas comunes del garaje, cuando yo no tengo ni acceso a el.
Necesito que alguien me lo aclare, porque tengo opiniones diferentes y quizas tenga que se un juez el que interprete la ley.
Gracias


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NotaPublicado: Vie May 18, 2007 5:21 pm 
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Experto
Experto

Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Me parería raro que parking y viviendas conformen una única comunmidad. Se debería ver el título constitutivo o escritura pública del edificio para determinar cómo está configurada la comunidad y los coeficientes de participación de cada uno. Le daré un dato, una comunidad está conformada cuando la suma de los coeficientes suman 100, por tanto deberá sumar los coeficientes de parking (deberán ser parecidos) el suyo por el número de plazas y si se acerca a 100 es que es una comunidad independiente de las viviendas. Igual debe ocurrir con los pisos y ese local (ambos iran en esa comunidad).
El tíitulo constitutivo de la finca lo puede hallar en el registro de la propiedad de su ciudad. Pida una copia (páguela, de 10 a 20€) y verá todos los coeficientes de los propietarios así como si algún vecino está exonerado de algún pago (ascensor, limpieza --en el caso del local--)


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