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 Asunto: Obras en locales planta baja
NotaPublicado: Mié Jun 13, 2007 10:26 pm 
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Registrado: Mié Jun 13, 2007 10:14 pm
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En mi edificio tienen que arreglar la red horizontal de saneamiento, que comunica los bajantes del edificio hasta el exterior de la finca. Los tubos de desagüe que se hicieron en su momento estan poco dimensionados, por lo que con el tiempo se han ido taponando, hasta llegar a la actualidad, que de vez en cuando se taponan del todo y hay que sacar los desechos y residuos con bomba... hasta la próxima vez.

En planta baja hay locales comerciales, y debajo de estos no hay nada (no hay subterraneo con párquing). Los tubos existentes van por debajo del pavimento de los locales, por lo que las obras supondrán levantar el pavimento y hacer unas zanjas para sustituir los tubos viejos por unos nuevos.

Uno de los propietarios de los locales dice que los días que esté cerrado su local debe cobrar el porcentaje de gastos y demás que conlleve las obras, ya que dice que dejará de tener los beneficios normales de su actividad económica.

Y aquí viene la pregunta: ¿alguien sabe cómo funciona todo esto? ¿Tiene derecho a exigir que le sea abonada una cierta cantidad como daños por tener que tener el establecimiento cerrado por unas obras que benefician a toda la comunidad, incluída su tienda?

Muchas gracias por adelantado.

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esebambino
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NotaPublicado: Mié Jun 13, 2007 10:58 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
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Ubicación: Valencia y Alicante
La LPH especifica, entre las obligaciones de los vecinos, lo siguiente: "Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados. " (Art. 9.1, c - LPH).

Por tanto, es lógico y lícito que les solicite una compensación por ese tiempo que no va a tener abierto al público su local, si bien puedes ustedes negociar la cantidad en concreto y solicitar de la empresa que vaya a realizar la obra que sea lo más rápido posible.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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NotaPublicado: Jue Jun 14, 2007 1:51 pm 
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Registrado: Mié Jun 13, 2007 10:14 pm
Mensajes: 2
Muchas gracias por tu respuesta.

Lo cierto es que me había leído la Ley de Propiedad Horizontal y había visto ese apartado. Supongo que deberá de ser como comentas, aunque me quedaba la duda de si cuando se refiere a daños y perjuicios era en refencia a los daños materiales producidos por las obras del elemento comunitario o si era en referencia a los daños en general, sea del tipo que sea.

Mi razonamiento, que no tiene por qué ser acertado ni tampoco siguiendo el razonamiento de la ley, era un símil consistente en que, si en un edificio con aluminosis los vecinos tienen que ir a un hotel mientras se hacen las pertinentes reparaciones, los locales no sería lógico que pagaran este gasto.

Muchas gracias ;-)

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esebambino
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NotaPublicado: Sab Jun 16, 2007 11:03 am 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Atendiendo a su ustima pregunta o comentario, yo le diría que también están afectados ya que afecta a la estructura que debe ser de interés general. Pero tenga en cuenta que él, ese propietario del bajo, también tiene que pagar su parte por coeficiente, es decir, que si el perjuicio supone 500 €, él también está sujeto a su pago por coeficiente, y los locales generalmente tiene mayor coeficiente que los pisos.

Consúltele o negocie qué perjuicio (coste) tiene por cada día cerrado o la zona afectada, podría ser que no tuviera que cerrar totalmente el local para hacer esa reparación. De esa cantidad, él también está sujeto a su participación.


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