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Fecha actual Dom Oct 19, 2025 5:56 pm
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Mensaje |
pulsar
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Asunto: ¿Impedir uso de piscina a inquilinos no propietarios? Publicado: Vie Abr 04, 2008 11:00 pm |
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Principiante |
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Registrado: Vie Abr 04, 2008 10:47 pm Mensajes: 5
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Hola.
Acabo de ingresar en una nueva comunidad, recientemente constituída por el promotor, pero aún no se han vendido todas las viviendas, por lo que no se ha realizado junta ninguna. Sólo sabemos que se encargará la administración a un profesional.
En tanto en cuanto no se celebra ésta, hemos estado charlando algunos vecinos y ha surgido el tema, que os paso a relatar.
La comunidad tiene una piscina común. ALgunos propietarios recelosos han planteado la cuestión, pues no desean que se de el caso. Conocemos de otras comunidades en las que el uso de la piscina está restringido a los propietarios únicamente, impidiendo el acceso y el uso de las instalaciones de la piscina a aquellos que no sean propietarios, pero en esta comunidad vamos a ser bastantes más y el control será difícil. El caso que se quiere prevenir sería éste: un propietario alquila su vivienda a unos indeseables que hacen uso "intensivo" de la pisicina: sistemáticamente invitan a sus familiares y amistades a usar la pisicina, con tan malos modos que el resto de los vecinos desisten de bañarse por no tener que relacionarse o enfrentarse con ellos. Como son invitados, la dejan hecha un estercolero y le causan destrozos en plan conquistador. Al mismo tiempo, el arrendador también tiene derecho a usar la piscina y hace un uso similar de la misma.
MI pregunta es:
¿Se podría impedir el uso de la piscina a aquellos inquilinos no propietarios?
¿Hay alguna fórmula para impedir estas invitaciones masivas de personas ajenas a la comunidad?
Gracias por vuestras contestaciones
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comunero
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Asunto: Publicado: Sab Abr 05, 2008 11:36 am |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Imagino que medios habra tantos como la imaginacion alcance, uno por ejemplo seria el uso de tarjetas o pases y por supuesto que el recinto solo tenga entrada por lugares controlados por personal al efecto.
Las bases de lo que quereis que suceda en vuestra comunidad, es cosa vuestra y debeis hacer valer vuestro derecho desde el principio, por lo que empezaría por llevar vuestra candidatura de administrador y demas cargos y no aceptar por las buenas lo que la constructora os proponga.
Dependera de las ganas que le pongais al principio, el como se desarrolle vuestra comunidad. Si no quereis esperar a que os constituyan la comunidad, podeis organizarla ustedes siguiendo los pasos que marca la ley.
Al principio supondra un trabajo extra, pero una vez que este andando, no tiene porque ser complicado.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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pulsar
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Asunto: Publicado: Sab Abr 05, 2008 10:49 pm |
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Principiante |
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Registrado: Vie Abr 04, 2008 10:47 pm Mensajes: 5
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GRacias por contestar.
Esperaba algo más concreto. La comunidad es de unas 40 viviendas, y me temo que no habrá prespuesto para pagar a un portero que vigile la entrada al recinto de la piscina.
Más bien estábamos pensando en redactar unos estatutos específicos para la piscina, pero no sabemos qué formula usar para que los propietarios puedan hacer uso de las instalaciones, y puedan invitar esporádicamente a amigos y familiares (cumpleaños, alguna celebración, etc.), pero sin que se convierta en un asunto diario. Lo de los inquilinos va por el camino de que como las instalaciones no son suyas, no les duele los desperfectos que puedan ocasionar, ni tampoco les importa molestar al resto de vecinos.
¿Alguno ha pasado por una situación semejante? ¿Cömo lo solucionó?
Gracias
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comunero
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Asunto: Publicado: Dom Abr 06, 2008 11:30 am |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Lo siento, pero el problema no es simple y no creo que haya muchas mas soluciones. La barita magica se me ha extraviado y sin barita solo cabe vigilancia y control sobre los desalmados. Por naturaleza buscamos nuestro propio beneficio sin importarnos lo demas y esto es dificil de evitar sino es con controles. Al tener un socorrista, me imagino que lo tienen, lo podrian hacer que controle tambien las entradas lo cual seria otro problema y en ultima instancia podeis rotar entre los vecinos para tal tarea.
Imaginate que se cuelan en espectaculos con la de controles que hay, como no lo van a hacer en una piscina comunitaria. No creo que exista la solucion magica que quieres, pero lo mismo alguien nos sorprende y aprendemos algo nuevo.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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pulsar
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Asunto: Publicado: Lun Abr 07, 2008 9:48 am |
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Principiante |
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Registrado: Vie Abr 04, 2008 10:47 pm Mensajes: 5
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Hola.
La vigilancia y control es neesaria, pero creo que debe establecerse a partir de una base, de una norma escrita que regule que está bien o no y quien puede hacerlo o no y que esté aceptada por todos los implicados.
Por eso pedía una copia de alguien que tuviera unos estatutos reguladores del uso de piscinas comunitarias, para establecer una base de funcionamiento común para todos y establecer después las medidas de vigilancia y correctivas. No estoy pidiendo ninguna varita mágica.
Porque, veamos:
En las comunidades donde hay piscinas comunitarias, debe haber algún dilema con el uso de la piscina, eso es seguro. Gente que la usa fuera de horas, otros que "cuelan" a sus amigos, alguno que hace un mal uso del mobiliario comunitario, no sé, deben haber un sinfín de incidencias con esto. A nosotros, que aún no estamos viviendo alli, se nos ha ocurrido lo de evitar los actos y las actitudes semi-vandálicas que pueden darse tanto en propietarios como en inquilinos, pero mucho más en estos últimos, pues no llevan parte ni riesgo en la comunidad. Y en muchas de ellas se habrá solucionado de alguna forma. A voz de "pronto!", se me ocurre establecer un sistema de sanciones contra el propietario de la vivienda alquilada, cuyos inquilinos practican estos comportamientos indeseables. El pago de unas cuotas-sanción adicionales, la retirada de los medios de acceso al recinto, son un par de ellas.
Pero seguro que por aquí hay alguien más que ha sufrido estos embates y haya salido airoso de ellos.
Como siempre, gracias por leer el mensaje.
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comunero
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Asunto: Publicado: Lun Abr 07, 2008 12:33 pm |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Es ahora cuando pides un reglamento para el correcto funcionamiento de tu piscina, en el primer comentario solo haces dos preguntas muy concretas y de dificil solución a mi modo de verlo. En base a ésto te he respondido como mejor he podido y según entiendo puede pasar en la problematica que planteas.
Que existen reglamentos y estatuos, está claro que si, que sea la solución, esta claro que no, ya que las reglas las ponemos para que otros se la salten.
Conlas sanciones y todo lo demás, hay que tener mucho tacto y por supuesto ser aprobadas por la mayoria suficiente.
A parte de esos problemas que planteas, acutalmente con la sequía tendrás que unirle el abastecimiento de agua y este si es un problema grave y por el que pueden sufrir sanciones pecunarias.
Esperemos a esos sufridores que han salidos airosos de estos embates y que te pongan no solo unas normas basadas en experiencias reales sino esa varita que haga que los problemas que se os avecinan sean los menos posibles.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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Miguel C. Gorriz Fuertes
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Asunto: Abusos. Publicado: Lun Abr 07, 2008 2:48 pm |
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Colaborador |
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm Mensajes: 593 Ubicación: Alicante
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Hola Pulsar:
Vamos a ver, creo que estais poniendo la tirita antes de haberse producido la herida y no con esto te quito la razón, que en cierto modo la tienes.
Es muy dificil hacer cumplir unas normas en este caso de zonas comunes, ya que en primer lugar la mayoría de las urbanizaciones no tiene un vigilante jurado que las haga cumplir y que llame la atención a los malos vecinos.
Si es normal, publicar unas reglas mínimas de convivencia en la zona común:
- Horas de silencio.
- Juegos prohibidos o molestos.
- Prohibición de comida en zona piscina.
- Prohibición de bañarse con tablas, barcas hinchables y demás elementos que molesten al resto de bañistas.
- Invitados y demás (tema muy peliagudo, por que si impedimos a los demás vecinos que inviten a alguien, tambien nos impedimos a nosotros invitar a nuestros amigos y familiares o amigos de nuestros hijos..)
- Si el inquilino invita al propietario de su piso a bañarse..¿Por que no.....?
- Tened en cuenta otra cosa las reglas muy estrictas se rompen mas facilmente que las sensatas y que la cosa se tiende a regularizar poco a poco, pero además, sois los propios vecinos, NO SOLO EL PRESIDENTE los que debeis de actuar de vigilantes de que todo se cumpla, y no esperar a que sea el Presidente el que regañe y reprenda a quien hace algo mal (y eso no se suele llevar muy bien).
Conclusión: Redactar unas normas de convivencia sin subiros a la parra y ver como se desarrolla el tema, posteriormente en base a ello actuar o modificar las normas ya establecidas y repito, todos sois propietarios, todos debeis de guardar y hacer guardar las cosas y las normas, no solo el Presidente.
Saludos
_________________ Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
www.admiservis.es
Visita mi blog y dejame tu opinión
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pulsar
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Asunto: Publicado: Lun Abr 07, 2008 5:05 pm |
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Principiante |
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Registrado: Vie Abr 04, 2008 10:47 pm Mensajes: 5
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Gracias por el mensaje, Miguel. Muy equilibrado y aleccionador.
La rigidez de las normas dependerá de la actitud de los vecinos. Nos tememos que se hará un uso desmadrado de la piscina, y más aún si la usan unos inquilinos que, como he dicho, no llevan arte ni parte en la propiedad. Os haréis cargo de nuestros temores si os digo que hemos visto casos bastante cercanos en los que es común no ya realquilar habitaciones, sino realquilar la ducha o la lavadora y el tendedero ¡y además por horas!.
De momento, hemos pensado en separar la propiedad del uso en lo tocante a la piscina. Algo parecido al usufructo, pero para los inqulinos que quieran hacer uso de la piscina. Y como quiera que el uso de la piscina es común y en él pueden confluír muchos vecinos a un tiempo, que sea la Comunidad quien decida si se priva o no del uso de la misma a un inquilino
Sé que esta reforma debe ser aprobada por unanimidad si queremos que forme parte de los estatutos, pero tenemos que sentar unas bases iniciales para darles forma después, y por ello quiero someter a vuestra consideración este texto que estamos preparando:
QUIEN PUEDE USAR LA PISCINA
LOS USUARIOS PROPIETARIOS
Tendrán la condición de usuario del recinto e instalaciones de la piscina del Conjunto Residencial XXX, aquellas personas que sean propietarias de una o más viviendas en el Residencial y que estén al corriente de pago de las cuotas comunitarias. De igual manera, también tendrán la condición de usuario aquellos familiares que convivan habitualmente con el propietario. Este derecho quedará temporalmente anulado si el usuario no está al corriente de las cuotas de pago que le correspondan, adquiriéndolo nuevamente un día después de que haya regularizado su situación.
LOS USUARIOS INQUILINOS.
Los usuarios inquilinos son aquellos que han arrendado el uso de la vivienda al propietario, y, junto con el derecho de uso de ésta, también pueden adquirir el derecho de uso de la piscina. Para ello, deberán formular por escrito una solicitud al Presidente de la Comunidad dando cuenta de su voluntad de ceder este derecho de uso de la piscina al inquilino. El Presidente, en un plazo de quince días podrá convocar una Junta Extraordinaria o solicitar respuesta por escrito a cada uno de los propietarios para que den su consentimiento, siendo necesaria una mayoría de las cuotas para otorgar ese derecho. En caso de que esta cesión no sea autorizada, el propietario recuperará automáticamente el derecho de uso y disfrute de las instalaciones. Dicha autorización podrá ser revocada en la misma manera en que fue otorgada.
LOS USUARIOS VISITANTES.
De forma excepcional y por tiempo no superior a un día, podrán usar la piscina otras personas ajenas al Residencial que sean invitadas por un propietario en número no superior a cinco. Para ello, el propietario deberá tener en pleno vigor su derecho de uso, es decir, deberá estar al corriente de pago de sus cuotas, y no haber cedido su derecho a un inquilino. En cualquier caso, los visitantes harán uso de las instalaciones acompañados en todo momento por el propietario, a quien se considerará responsable de los actos de los visitantes y los desperfectos que causen. En caso de que la visita se prolongue por más de un día, el propietario deberá contar con la autorización expresa del Presidente de la Comunidad.
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pulsar
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Asunto: Publicado: Lun Abr 07, 2008 5:27 pm |
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Principiante |
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Registrado: Vie Abr 04, 2008 10:47 pm Mensajes: 5
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A Comunero:
Cierto, estás en la razón al decir que no reclamé un conjunto de normas en mi primer posteo. Lo rectifico ahora. Agradezco la respuesta y el interés.
A nosotros la sequía nos afecta desde hace añísimos, y tenemos recursos y conciencia de uso para no malgastar un bien preciado. Para llenar las piscinas, "importamos" el agua en cubetas provinientes de pozos de sequía autorizados y la purificamos nosotros mismos, sin usar agua potable del grifo ni desperdiciarla. Tendrías que haber visto el agua el primer día que se llenó la piscina.
No soy partidario de los trasvases, pero da verguenza ver como otros malgastan y desperdician lo que a ti tanta falta te hace, y que cuando lo pides tienen la frescura de negártelo diciendo que no tienen bastante para ellos. En mi caso la empresa de aguas de la región nos sanciona el exceso de consumo, y toda la familia usamos racionalmente el grifo, la ducha y las cisternas, cosa que dudo se haga por el Norte de la península.
Por lo demás, gracias por estar en el foro y por atender a sus mensajes. Deciros que aprendo de todos un montón y por eso mi agradecimiento.
P.D. El motivo del mensaje no es un afán regulador para que todo el mundo haga lo que yo diga. No, se trata de evitar que mi pequeño venga un día con una infección de piojos o llorando con un moratón por una disputa con un pendenciero, y que tenga miedo de ir a SU PROPIA piscina.
Sé que todo esto puede venir con gente indeseable y con gente normal, pero mejor evitar lo primero ¿no?
Gracias.
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