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 Asunto: Cómo se determina el coeficiente de participación
NotaPublicado: Mié May 28, 2008 11:10 am 
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Registrado: Vie May 09, 2008 11:48 am
Mensajes: 10
Saludos y muchas gracias a comunero por la ayuda prestada, ha sido infinita.
El tema es el siguiente, en la escritura de obra nueva el constructor estableció unos coeficientes para cada elemento propietario. Hasta ahí bien, pero el problema surge que, en el mismo día de la firma de mi escritura, se realiza una modificación a esta escritura de obra nueva en la que se modifican los porcentajes y claramente se observa que dos trasteros, garajes y dos pisos que son propiedad de los hijos de este señor, resultan mucho más que beneficiados en la nueva modificación. Por ejemplo, un trastero de iguales dimensiones contribuye con 1/19 parte, mientras que la suya el 0,36%, una plaza de garaje de las mismas dimensiones contribuye con el 3/19 partes, su plaza 1,66%; su ático de 124m2, incluidos elementos comunes, contribuye con el 5,16%, mientras que una vivienda de 123 m2 tiene un coeficiente del 9,61% y mi local de 85 m2, tiene un coeficiente del 8,92%. ¿Es esto correcto? ¿Qué procedimientos se requieren para modificarlo? Por supuesto que al actual administrador ni se me ocurre preguntárselo, mi confianza es nula.


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NotaPublicado: Mié May 28, 2008 12:43 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
El procedimiento para atribuir coeficiente a la propiedad es complicado y hace falta un profesional para que lo haga como es debido.

El hecho de tenerlo ya inscrito estos valores, supone que sino estan de acuerdo, tienen que aportar un nuevo reparto realizado por supuesto por alguien con capacidad y titulación para ello y realizar una demanda para que el juez a la vista de los datos presentados por las partes, decida cual es el reparto mas justo.

La otra opción es por unanimidad de los propietarios, algo imposible de que suceda, por lo que veo que si quieres solucionar el problema no te queda nada más que demandar ante el juzgado el reparto de coeficientes de esas escrituras.

Seguro que un buen abogado y un perito que tase la propiedad os pueden solucionar el problema pero eso os llevará tiempo y dinero, asi que lo mejor es que lo discutan en junta y valoren las posibilidades de éxito.

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