Admicove.com

El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
 FAQ •  Buscar •  Registrarse •  Identificarse 
Fecha actual Dom Oct 19, 2025 3:35 pm

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: Poner ascensor tirando la escalera original
NotaPublicado: Mié Oct 15, 2008 4:07 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Mié Oct 15, 2008 3:21 pm
Mensajes: 2
Buenas tardes:
A ver si me pueden resolver dudas con respecto a poner el ascensor en mi comunidad.

En mi comunidad de vecinos que tiene cinco pisos de altura se quiere poner un ascensor, en un patio interior a cota cero.
El problema es que ahora hay una escalera entre piso y piso de dos trozos de ocho escalones cada trozo, con un pequeño descansillo y lo que quieren es tirar la escalera del edificio, y hacerla solo de un tramo entre piso y piso de 16 escalones seguidos. Y así llegaría el ascensor a cada planta. Con este sistema se ocuparía un trozo de patio interior. También al hacer la caja del ascensor se tendría que tapar una ventana de la cocina mía (ahora tiene dos ventanas). Yo por supuesto me niego a que lo hagan y mi pregunta es:
Aunque saliese mayoría de 3/5 para poner el ascensor ¿me podría negar?... A que lo hiciesen. Porque según el art. 11 de la Ley de Propiedad Horizontal, te puedes negar, porque se cambia la estructura original del edificio. También durante las obras, se tendría que desalojar el edificio, por lo menos un mes, porque al tirar la escalera no se puede entrar en casa. Y ese mes que no estaría en casa… la comunidad de vecinos me tendría que pagar un hotel para poder vivir? El edificio tiene 50 años.
Yo no me opongo a que pongan el ascensor.... pero por supuesto sin tirar la escalera original.
Muchas gracias.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mié Oct 15, 2008 6:57 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Mi opinión es que si se dan los 3/5 de votos y cuotas sí se está obligado a su pago ya que el artº 17 dice:

"El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación".

Otra cosa es si esa reparación que usted dice, está avalada por un arquitecto. También sería interesante saber si existen persona de 70 años o más y si hay alguna persona minusválida, pero mi opinión es que sí.

_________________
La verdadera sabiduría está en reconocer la propia ignorancia.

Sócrates (470 AC-399 AC) Filósofo griego.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mié Oct 15, 2008 7:11 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Mié Oct 15, 2008 3:21 pm
Mensajes: 2
En ese edificio hay 12 viviendas, y no hay ninguna persona minusvalida, y todavia no hemos pedido la opinion de un arquitecto. Solo la de un contratista que ha hecho el presupuesto.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mié Oct 15, 2008 8:54 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Dom Ene 21, 2007 1:03 am
Mensajes: 113
Ubicación: MADRID
En este caso tengo una pequeña discrepancia con Antonio, al que le envio un cordial saludo. En cuanto a lo que expone respecto a las votaciones, estoy totalmente de acuerdo, pero me queda la duda de si sería aplicable lo expresado en la Ley respecto a que las obras que supongan un menoscabo o perjuicio para algún vecino, deban contar con la autorización expresa de éste.
Como simpre me someto a mejor opinión, un saludo

_________________
www.soradmin.com

Administradores de fincas de Madrid

Consultoría, asesoría de empresas y autónomos


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Jue Oct 16, 2008 4:33 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
jcarlos, es cierto lo que dices pero, se habla de: "Con este sistema se ocuparía un trozo de patio interior". No se especifica si el patio tiene dueño o, es de uso y disfrute de algún propietario, si fuera así, efectivamente se necesita el consentimiento expreso de éste, pero si es un trozo de patio comunal, entiendo que no sería necesario, ya que lo que se consigue es una mejora sustancial de la calidad de vida de los vecinos y se potencia el valor de la finca.

Si el proyecto se lo ha hecho un contratista de obras, eso es papel mojado ya que requiere un estudio técnico de un arquitecto al tocar zonas estructurales como es la escalera. Mi opinión es que comiencen por ahí.

_________________
La verdadera sabiduría está en reconocer la propia ignorancia.

Sócrates (470 AC-399 AC) Filósofo griego.


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 4 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Buscar:
Saltar a:  
cron