Admicove.com
http://admicove.com/foro/

Sobre cantidad y plazo
http://admicove.com/foro/sobre-cantidad-y-plazo-t3647.html
Página 1 de 1

Autor:  pegaso [ Mar Sep 04, 2007 6:45 pm ]
Asunto:  Sobre cantidad y plazo

Buenas,

Me gustaría saber cual es el plazo habitual que se suele aprobar en junta para reclamar deudas y apartir de que cantidad, es decir, "se aprueba en junta que vencidos "X" meses desde la obligación de pago y por deudas superiores a "X" euros se realizará automaticamente la reclamación judicial al moroso".

Esta reclamación, ¿se puede aprobar que se haga autmaticamente al exceder de una cantidad y de tiempo?

Autor:  URBIFINCAS [ Mié Sep 05, 2007 11:10 pm ]
Asunto: 

Ese planteamiento no tiene una respuesta concreta, ya que dependerá de cada comunidad y la tolerancia hacia la morosidad. En cualquier caso, no se puede aprobar una liquidación automática de forma genérica, dado que en la certificación del acta donde se liquida la deuda debe hacerse constar el propietario moroso y los importes adeudados, datos que, a priori, no se conocen.

Página 1 de 1 Todos los horarios son UTC + 1 hora
Powered by phpBB © 2000, 2002, 2005, 2007 phpBB Group
http://www.phpbb.com/