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¿Soy deudor?
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Autor:  pegaso [ Lun Jun 09, 2008 9:59 am ]
Asunto:  ¿Soy deudor?

Buenas,

En Junta General Ordinaria se adoptó el siguiente acuerdo:

"Se acuerda que el recibo sea trimestral se presentará al cobro a partir del 1º de abril y corresponderá al 2º trimestre del 2008".

Hicimos Junta General Extraordinaria el día "5 DE MAYO", figuro como moroso en ese Acta, si se supone que el pago es trimestral y no se fija período de pago yo entiendo que tengo tooodo el trimestre para pagar y no me deberían haber privado del derecho a voto ¿TENGO RAZÓN?

Saludos

Autor:  comunero [ Lun Jun 09, 2008 1:35 pm ]
Asunto: 

Tiene razon si el acuerdo es tan cortito como lo que comenta, pero deberían aclarar la situación para futuras juntas y si no ponen una fecha tope de pago, se debe sobreentender como fecha, el inicio del nuevo recibo pasado a cobro.

Autor:  estheryjuanca1973 [ Dom Dic 20, 2009 7:39 pm ]
Asunto:  Re: ¿Soy deudor?

pegaso escribió:
Buenas,

En Junta General Ordinaria se adoptó el siguiente acuerdo:

"Se acuerda que el recibo sea trimestral se presentará al cobro a partir del 1º de abril y corresponderá al 2º trimestre del 2008".

Hicimos Junta General Extraordinaria el día "5 DE MAYO", figuro como moroso en ese Acta, si se supone que el pago es trimestral y no se fija período de pago yo entiendo que tengo tooodo el trimestre para pagar y no me deberían haber privado del derecho a voto ¿TENGO RAZÓN?

Saludos

A VER SI SE ACUERDA EL PAGO TRIMESTRAL POR ADELANTADO, Y NO LO HA PAGADO SE LE CONSIDERA MOROSO, Y SE SUPONE QUE HAY DE PLAZO DENTRO DEL TRIMESTRE.
TENGA CUIDADO PORQUE SI PASA EL PLAZO Y NO LO HA PAGADO, SE LO PUEDEN RECLAMAR VIA JUDICIAL, HOY YA SE PUEDE RECLAMAR POR VIA JUDICIAL CON UN IMPORTE DE 250€, DE AHI PARA ARRIBA.
EN EL MOMENTO QUE UNO DEBE A LA COMUNIDAD NO TIENE DERECHO A VOTO, PERO SI TIENE DERECHO A ASISTIR A LA REUNIÓN.
gestion@gestoryperito.com

Autor:  comunero [ Dom Dic 20, 2009 9:20 pm ]
Asunto: 

¿Como que hay un importe mínimo , donde se dice eso?

Autor:  estheryjuanca1973 [ Vie Dic 25, 2009 1:03 am ]
Asunto: 

[quote="comunero"]¿Como que hay un importe mínimo , donde se dice
la justicia arbitral dice que se puede reclamar con un importe mínimo de 250€

Autor:  comunero [ Vie Dic 25, 2009 9:45 pm ]
Asunto: 

Pero no es justicia arbitral lo que hay que hacer, es un proceso monitorio y para esto hasta ahora no he visto cantidades mínimas para iniciarlo.

Autor:  estheryjuanca1973 [ Sab Dic 26, 2009 3:11 pm ]
Asunto: 

comunero escribió:
Pero no es justicia arbitral lo que hay que hacer, es un proceso monitorio y para esto hasta ahora no he visto cantidades mínimas para iniciarlo.

si pero si recurres al proceso monitorio va mucho mas lento, que si recurres a la justicia arbitral, ya que en sesenta dias o menos, incluso en quince dias se resuelve todo, que suele ser asi en la mayoria de los casos.
yo en las comunidades que administro las tengo dadas de alta en arbitraje, para evitar futuros problemas, teniendo la garantía que se soluciona mucho mas rapido que en un proceso monitorio.
gestion@gestoryperito.com

Autor:  comunero [ Dom Dic 27, 2009 11:43 am ]
Asunto: 

La cuestión era que no hay cantidad mínima para requerir al moroso, y no es que me parezca mal que quieras vender este método, sino que des por sentado algo que no totalmente cierto y la gente se líe aún más en estas cuestiones.

Autor:  estheryjuanca1973 [ Lun Dic 28, 2009 10:56 am ]
Asunto: 

comunero escribió:
La cuestión era que no hay cantidad mínima para requerir al moroso, y no es que me parezca mal que quieras vender este método, sino que des por sentado algo que no totalmente cierto y la gente se líe aún más en estas cuestiones.

a ver no quiero vender ningún método, solo te he dado un consejo, xao

Autor:  comunero [ Lun Dic 28, 2009 11:17 am ]
Asunto: 

Pues al igual que eludes las cuestiones, lo mismo no quieres vender nada, pero lo aparentas.

"HOY YA SE PUEDE RECLAMAR POR VIA JUDICIAL CON UN IMPORTE DE 250€, DE AHI PARA ARRIBA. "

¿ a que párrafo aplicaría esto dentro de la LPH, a ninguno, verdad, o si ?

Autor:  estheryjuanca1973 [ Mar Dic 29, 2009 6:43 pm ]
Asunto: 

comunero escribió:
Pues al igual que eludes las cuestiones, lo mismo no quieres vender nada, pero lo aparentas.

"HOY YA SE PUEDE RECLAMAR POR VIA JUDICIAL CON UN IMPORTE DE 250€, DE AHI PARA ARRIBA. "

¿ a que párrafo aplicaría esto dentro de la LPH, a ninguno, verdad, o si ?

MIRA YO CONTESTO LAS CUESTIONES DE MANERA VOLUNTARIA, YO NO ELUDO LAS CUESTIONES, SOLO TRATO DE APORTAR SOLUCIONES, EL QUE QUIERA QUE LAS TOME Y EL QUE NO QUE LAS DEJE.
YO NO PRETENDO VENDER NADA, YO DE ESTO NO COBRO COMISIÓN, SINO TODO LO CONTRARIO SOLO OCASIONA DOLORES DE CABEZA, CADA VEZ QUE UNA PERSONA DEJA DE PAGAR LAS CUOTAS DE LA COMUNIDAD, YA QUE POR CULPA DE UNA PERSONA, DOS, ETC, QUE NO PAGUEN SE VE PERJUDICADA TODA LA COMUNIDAD.
YO COMO CUALQUIER ADMINISTRADOR ESTAMOS PARA QUE LA COMUNIDAD FUNCIONE CORRECTAMENTE, Y SUGERIR AL PRESIDENTE EL CAMINO A ELEGIR, PERO ES EL PRESIDENTE CON EL APOYO DE LA COMUNIDAD EL QUE TOMA LAS DECISIONES Y DE COMUNICARSELO AL ADMINISTRADOR PARA LLEVARLO A CABO.
YO LO SIENTO PERO NO VOY A ENTRAR MAS, YA QUE NO ESTOY DISPUESTA A QUE ME HABLES DE ESTA FORMA, SINO TE SON DE AYUDA MIS CONSEJOS, LO UNICO QUE TE PIDO ES QUE RESPETES POR LO MENOS MIS CONSEJOS, XAO

Autor:  comunero [ Mar Dic 29, 2009 9:05 pm ]
Asunto: 

No eres la única que puedes opinar, aqui lo hacemos todo y discrepar o aclarar ideas es el fin de este foro, así lo interpreto.

Que te molestes, por decir algo con lo que no estás de acuerdo, sea motivo para irte del foro es decisión tuya.

Faltaría más que me obligaran a creer a pies juntillas cualquier opinión, ni aún siendo profesional del gremio.

La frase citada de los 250 euros, entiendo que es un error por tu parte, algo que no reconoces y eludes continuamente. el problema creo que lo tenemos claro, casi todos, pero si le dices a la gente que mientras no superen los 250 euros no pueden hacer nada, está llevándolas a equívoco.

Por supuesto este comentario no me ayuda ni a mi ni creo que a nadie, en tanto no aclares de donde sacas que para iniciar monitorio es necesario superar la cantidad que indicas.

Felices fiesta y relájate que te va a dar algo.

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