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 Asunto: PERJUDICADO POR APROBACION ILEGAL EN JUNTA DE PROPIETARIOS
NotaPublicado: Mar Dic 26, 2006 5:21 pm 
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Registrado: Mar Dic 26, 2006 5:06 pm
Mensajes: 2
QUERIDOS AMIGOS HE SIDO PEJUDICADO POR UNA APROBACION QUE SE ME DIO EN UNA REUNION VECINAL EN LA CUAL PEDI PERMISO PARA REALIZAR UNOS LEÑEROS EN UN PATIO QUE ESTA SITUADO EN LA PRIMERA PLANTA EN LA CUAL VIVO PERO QUE ES PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD.
EN ESA REUNION EN A LA CUAL ACUDIO EN SEGUNDA CONVOCATORIA MAS DEL 50% DE LOS INQUILINOS DEL BLOQUE , PEDI QUE CONSTRUIR EN EL PATIO UNOS LEÑEROS, SIENDO APROBADO POR TODOS LOS VECINOS ASISTENTES Y RATIFICADO EN ACTA.
CUAL FUE MI SORPRESA, QUE UN VECINO EL CUAL NO ASISTIO A LA MISMA ME INVITA A DERRIBAR LOS LEÑEROS LOS CUALES ESTAN YA CONSTRUIDOS ESPONIENDO QUE ESE TEMA NO VENIA ESPUESTO EN LOS PUNTOS DEL DIA Y QUE EL PRESIDENTE LO CONFIRMO EN ACTA EN LA PARTE DE RUEGOS Y PREGUNTAS A LO CUAL ES ILEGAL.
CON PARTE DE RAZON LA CUAL ME RATIFICO UN AMIGO MIO ABOGADO
EL CUAL ME COMENTO QUE ESA APROBACION NO PODIA SER DEL TANTO LEGAL Y QUE DEVERIA ANTES O DESPUES TIRAR LOS LEÑEROS.
LO QUE OS QUIERO PREGUNTAR AMIGOS ES QUE YO SIN TENER LA MAS MINIMA INTENCION DE INCURRIR EN LA ILEGALIDAD ME SIENTO AFECTADO POR UNA APROBACION QUE SE ME DA PARA LA CONSTRUCCION LA CUAL SE A HECHO VIENDOME LUEGO OBLIGADO A TIRARLA CON LOS PERJUICIOS Y GASTOS , SIN TENER CULPA NINGUNA.
¿ PODRIA TENER ALGUNA SOLUCION MI CASO?
¿ PODRIA PONER ALGUNA MEDIDA CONTRA LA COMUNIDAD LA CUAL ME ACEPTO LA PETICION Y NO SE ASESORO DE LO QUE ME CONCEDIA?
GRACIAS AMIGOS Y ESPERO SUS RESPUESTAS... ANTES DE TIRAR LOS LEÑEROS..
UN SALUDO CORDIAL


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 Asunto:
NotaPublicado: Mié Dic 27, 2006 8:17 am 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Efectivamente, ese tipo de acuerdos deben ubicarse como punto independiente en el orden del día de las reuniones. Además tienen que adoptarse por unanimidad de todos los propietarios -que no haya ningún voto en contra-.

En su caso particular, se observa que tanto usted como el resto de propietarios han actuado de buena fe. Por otro lado, si como usted dice, el acuerdo vino reflejado convenientemente en el acta, su vecino en cuestión tuvo un plazo de 30 días para oponerse, tal y como se expone en el art. 17, 1ª de la Ley de Propiedad Horizontal, que citamos a continuación:

"A los efectos [de obtener la unanimidad], se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, [...] no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción."

Por otro lado, para derruir la obra que construyó, le recomendamos que espere a que sea un juez el que le obligue a ello. Dado que la junta de propietarios le apoyó, es difícil que sea la comunidad quien inicie el proceso judicial, por lo que tendrá que iniciarlo el vecino que se ha opuesto.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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