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 Asunto: Reducción de mi cuota y pago de un arreglo en el edificio
NotaPublicado: Mié Dic 27, 2006 11:58 am 
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Registrado: Mié Dic 27, 2006 10:42 am
Mensajes: 5
Vivimos en un piso de 64 m ,estoy en paro y tengo 2 niños y mis vecinos que tienen sus pisos pagados quieren subir la cuota de 36 euros y yo no puedo económicamente...¿puedo exigir una reducción de cuota?
Por otro lado, quieren pintar las escaleras a lo cual yo me niego porque:
-no funcionan los telefonillos
-la cerradura del portal está rota
-el patio interior tiene humedad y cuela agua para las escaleras con lo cual pintar las escaleras es tontería pero ¡LO IMPORTANTE ES LA ESTETICA!
quieren que en 3 meses cada piso pague 400 euros y ¡NO LOS TENGO NI LOS DOY JUNTADO! pero no me voy a negar a pagar sólo que como yo pueda: un mes ,5 euros;otro 2 euros,etc...¿QUE PUEDO HACER CON ESTA GENTE? : :oops :oops: :oops: :


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NotaPublicado: Mié Dic 27, 2006 11:22 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Lo que le recomendaríamos, primeramente, es exponer su situación a los vecinos, a fin de que sepan que un incremento de la cuota va a suponer un sobreesfuerzo para usted y que, casi con toda probabilidad, no va a poder afrontarlo. Como está dentro de lo probable que sigan adelante en su decisión de subir la cuota, debe usted solicitar al administrador que le informe adecuadamente de los motivos por los que se sube la cuota -si es que es notoriamente desproporcionada-, y que se los justifique debidamente. Si aun así, ve difícil que se mantenga la cuota, simplemente exponga en la próxima junta que usted no puede pagar nada más que los 36 euros que venía pagando hasta la fecha y que, antes de la siguiente junta en la que se liquiden las deudas, usted tratará de saldar las diferencias pendientes que se hayan acumulado cada mes. Es posible que en el plazo de un año pueda usted haber encontrado trabajo.

Respecto a la derrama de 400 euros, puede usted votar en contra del acuerdo y que de ello quede constancia en el acta. De esta forma podría usted eludir el pago al considerársele disidente y superar las tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, tal y como establece el artículo 11 de la Ley de Propiedad Horizontal, que reproducimos a continuación:

"Artículo 11
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja."

Aunque pintar la escalera es necesario para la conservación del inmueble, su apreciación es bastante subjetiva. No obstante, arreglar los telefonillos, cerradura del portal y las humedades, parecen tener un carácter más urgente y su apreciación es más objetiva, por lo que deberían tener mayor preferencia a la hora de repararse.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

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"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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