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Autor: | 46conchi [ Lun Nov 05, 2007 7:43 pm ] |
Asunto: | demandantes demandados? |
Buenas tardes, voy a intentar explicarles en pocas líneas mi problema. Somos una comunidad de 16 vecinos, edificio de 5 plantas en el que instalamos el ascensor los 7 vecinos de los pisos 4 y 5. El resto se negó a pagarlo y a usarlo, así consta en el acta de la junta, de 2003. Se tuvo que crear para lainstalación una Comunidad de Bienes, integrada por las 7 personas que pagamos el ascensor, puesto que el resto de vecinos se negó a que los gastos, luz, teléfono, manteminiento, etc, les fuesen cargados en la cuenta de la comunidad de propietarios, y las compañías de luz y teléfono nos exigían un CIf distinto al de la comunidad de propietarios, puestoq ue no podían hacer dos enganches y dos contratos al mismo titular. El ascensor se instaló son puertas en los pisos 1 y 2 y con llave en el 3, puesto que los propietarios de todos esos pisos son de la misma familia y su intención era pagar por el piso del 3 y usarlo todos. Solución, las puertas no se abren, en tanto en cuanto no paguen el ascensor. El viernes nos llegó una demanda de juicio ordinario, en la que nos piden, a la Comunidad entera, que pongamos las puertas. El caso es que los demandantes son cuatro vecinos, que demandan al 100% de la comunidad....inlcluyéndose ellos mismos, porque la demanda va a la comunidad de propietarios en nombre de su presidente, que, ahí viene mi problema....el presidente es uno de los demandantes!!!!! Cuando trajeron la demanda se negó a recogerla, y tuvo que hacerlo otro vecino, y ahora, si necesitamos abogado y procurador, lo debería pagar la comunidad de vecinos al completo, no? porque todos y cada uno de los integrantes de la misma estamos demandados?????? Por favor, a ver si pueden echarme una mano con esto, porque claro, los vecinos que instalamos y pagamos el ascensor, no hemos sido denunciados como tales, sino toda la comunidad, por lo que los demandantes tendrán que pagar a sus abogaod y también su parte de la demanda a la comunidad? En fin, que mañana mismo estoy buscando abogados así que, de verdad, se admiten propuestas, porque no tnemos ni idea de a quíen acudir. Un saludo y muchas gracias de antemano. |
Autor: | URBIFINCAS [ Mar Nov 06, 2007 5:32 pm ] |
Asunto: | |
Este tema que usted plantea es algo complicado y, dado que parece que no van a resolver nada por la vía amistosa, es más que recomendable que acudan a un abogado que les asesore adecuadamente, además de poder acceder a todos los datos del tema concreto. |
Autor: | 46conchi [ Mar Nov 06, 2007 6:01 pm ] |
Asunto: | |
gracias de nuevo por contestar, el problema gordísismo que se nos plantea, es que para acudir y contestar a la demanda, ha de hacerlo la comunidad de propietarios, en la persona de su presidente, que.....como es el demandante........casi nada. tenemos la defensa asegurada, no? Otra opción es acudir a la justicia los vecinos por nuestra cuenta, pero ahí ya no sé si me estoy metiendo en camisa de once varas, soy secretaria no abogado y prefiero no decir alguna barrabasada. |
Autor: | Maria jose [ Jue Nov 15, 2007 7:33 pm ] |
Asunto: | demandantes demandados? |
Desgraciadamente no soy abogado y no pudo ayudarte.Yo vivo en barcelona y también tengo a unos vecinos indeseables.He dado con un muy buen abogado,así que si por aquellas casualidades vives en Barcelona te podría dar sus datos. Sea como sea que tengas suerte tú y todos los que estamos metidos en demandas y demás. |
Autor: | toniwooky [ Dom Dic 09, 2007 12:15 am ] |
Asunto: | Problema del ascensor. |
Estimados señores. Este tipo de obras "ascensor" necesita una mayoría cualificada y aquellos vecinos que se niegen a pagarla, se les puede perfectamente privar de su uso. La defensa de la comunidad con abogado y procurador la pagaría la comunidad en general. " Revisar poliza de seguro, pues a veces se contrata" En cuanto a los pagos de la comunidad, pueden emitir 2 tipos de recibos unos donde incluyan las cuotas "con cuota ascensor y gastos inherentes a este" otros "cuota sin ascensor" la cuenta del banco puede ser perfectamente la misma. Otro asunto una comunidad de propietarios tiene un CIF, y si que puede contratar varias instalaciones de luz a su nombre, no entiendo por que no le dejaban, sin ir mas lejos en mi edifico tenemos 3 contratos de luz y 2 de agua bajo un mismo cif. |
Autor: | PITITAL [ Dom Ene 27, 2008 7:48 pm ] |
Asunto: | |
Yo tengo una duda :Toda obra que se realize de mejora en la comunidad para reducir barreras arquitectonicas, (o en este caso la instalacion de un ascensor)no deben ser aprobadfas en reunion de vecinos y de ser asi acatadas por el resto de comuneros? |
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