Admicove.com
http://admicove.com/foro/

Negativa a limpiar
http://admicove.com/foro/negativa-a-limpiar-t4345.html
Página 1 de 1

Autor:  tony [ Vie Ene 18, 2008 9:18 pm ]
Asunto:  Negativa a limpiar

En mi comunidad hay algunos vecinos que hacen caso omiso a la limpieza tanto del patio como de la escalera a pesar de que ya en su dia se acordo que dicha limpieza se llevaria a cabo entre los vecinos. Quisiera saber si es legal que para aquellos que no limpian e indirectamente el vecino siguiente ha de limpiar en su turno y cubrir con ello la limpieza del anterior que se ha negado, poner por ejemplo una cuota de 10 € por dicho concepto de la negativa a cargo del infractor, obviamente habiendo sido tratado y aprobado en junta si fuera legal dicha accion. :roll:

Autor:  vicentesocio [ Lun Jun 16, 2008 3:24 pm ]
Asunto: 

Que pena que nadie te responda, porque en mi comunidad pasa lo mismo. Hay un acuerdo general y votado por unanimidad en el que todos nos hacermos cargo en partes proporcionales de la limpieza , pero un vecino en concreto lleva años sin hacerse cargo de lo que le corresponde y en junta se votó un precio por día de no limpieza para contratar a alguien que lo haga. Hemos estado pagando a una persona para que limpiara cuando este vecino no lo hace, pero no sabemos si podemos recuperar ese dinero ni si el acuerdo es legal. Seguiré vigilando tu pregunta por si alguien respondiera

Autor:  comunero [ Mar Jun 17, 2008 12:53 pm ]
Asunto: 

Entre las obligaciones de cada propietario establecidas en la ley se encuentran estas:

Citar:
Artículo 9

1. Son obligaciones de cada propietario:

a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualesquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.

b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.


En base a ésto siempre se le puede exigir que cumplan y caso de no hacerlo demandarles por falta de cumplimiento lo que pueda llegar incluso a privar de la vivienda por un periodo determinado si el juez ve causa suficiente.

Página 1 de 1 Todos los horarios son UTC + 1 hora
Powered by phpBB © 2000, 2002, 2005, 2007 phpBB Group
http://www.phpbb.com/