Hola Babel: La cosa está clara, en la LPH, lo que dice es que cada vecino está obligado a correr con los gastos que su coeficiente o el acuerdo en junta, le correspondan por algun gastos que se origine en la comunidad, no la forma en la que ha de hacerlo.
Una cosa y es lo mas lógico, es que una vez llegado al acuerdo de qué cantidad ha de abonar cada uno, se deje la libertad de abonarlo como uno quiera (evidentemente dentro de los plazos establecidos en la junta para ello), si luego por lo que sea, alguien propone buscar una financiación conjunta por medio de una entidad, pues muy bien, se abre un período de inscripción y los que voluntariamente decidan hacerlo se inscriben y hacen la solicitud de la financiación conjunta, al que no quiera esa forma, nadie le puede obligar, (si yo dispongo de esos 6000 € que en letras del tesoro me pueden estar rindiendo un 3 o un 4 %, por decir algo, que no se como esta ahora esto, pero seguro que te da menos interes de lo que te cobran por lo mismo), ya que si es así te obligan a que tu gasto sea superior a lo que realmente es la derrama.
En fin, igual me he enrollado, tu obligación es pagar la parte de derrama que a ti te corresponde y en el tiempo acordado para ello en la junta, pero de la forma y manera que tu quieras.
Saludos.
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