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 Asunto: ¿Cambio de presidente o terminación de obras?
NotaPublicado: Dom Jun 29, 2008 12:06 am 
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Principiante
Principiante

Registrado: Sab Jun 16, 2007 2:17 pm
Mensajes: 20
Amigos del foro, vuelvo a molestaros con mi ignorancia sobre el tema de la Comunidad y en particular, con la renovación del cargo de presidente.
En mayo de 2007 me nombraron presidente de mi comunidad, aunque no me tocaba a mí, pero por imposibilidad de los tres vecinos del segundo me tocó a mí que vivo en el tercero.
En esa junta de entrega se acordó realizar unas obras de mejora y empezar a pagar unas derramas para hacer frente a los gastos. El caso es que en marzo comenzaron las obras y a fecha de hoy no han terminado, es cierto que queda ya muy poco por hacer, pero yo ya he cumplido el tiempo marcado por la ley y ahora, el problema que se me plantea es que los vecinos no quieren hacerse cargo de la Comunidad hasta que no termine la obra.
Y he aquí mi pregunta: ¿Debo terminar la obra o puedo convocar junta para el cambio del presidente? ¿Qué debo hacer si ningún vecino quiere hacerse cargo de la presidencia?
Muchas gracias por vuestra atención y perdonad lo extenso del post.
Un saludo.


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NotaPublicado: Dom Jun 29, 2008 10:21 am 
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Experto

Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
El periodo del cargo de presidente es de un año, y si transcurrido éste, usted quiere dejar de serlo, debe de convocar la reunión ordinaria para el cambio de cargos. En esta reunión se debe de elegir (por el procediminento que tengan establecido) su sustituto y punto. El acta que la debe de redactar usted como presidente-secretario-administrador (entiendo que no tienen administrador profesional ni secretario) debe de reflejar los acuerdo alcanzados y al nuevo presidente, y si no quiere serlo que vaya al juez y se explique, ya que será él el que debe de consertirle el cese, nadie mas que el juez puede hacerlo, el cargo es obligatorio.

Por otra parte y dado que queda poco para la finalización de la obra y ha sido usted la encargada de llevar el proceso, yo veo lógico que, termine usted con ella y después deje el cago, pero esto si usted quiere.


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NotaPublicado: Dom Jun 29, 2008 11:04 am 
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Experto
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Los cargos comunitarios salvo que no se exprese la contrario en acuerdos estatutarios son por un año y deben ser realizados de acuerdo a un criterio como puede ser el sorteo, orden o voluntariedad de los propietarios. El cargo de presidente es de obligado cumplimiento y solo un juez puede excusarte.

En base a esto, hizo mal aceptando el cargo cuando no le correspondía, pero eso no es demasiado importante ya que al fin y al cabo tiene que pasar por ese trago. El pasado mayo, debió convocar usted junta, ya que es quien tiene potestad de hacerlo entre otras, y poner en el orden del día la renovación de cargos y presupuesto anual, imagino. Que pasen unos meses de más no tiene mayor importancia, por lo tanto está en tiempo de hacer la junta y que se vote el cambio de cargos de la misma.

Que haya obra o cualquier otra situación pendiente no le obliga a nada, ¿acaso está haciendo la obra usted, trabajando en ella o dirigiendola? pues eso su presencia como presidente no va a cambiar nada en la finalización de esta y si no quiere permanecer un día mas lo único que tiene que hacer es convocar junta.

_________________
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