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 Asunto: COEFICIENTES DE PARTICIPACION
NotaPublicado: Vie Jul 04, 2008 9:29 am 
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Registrado: Vie Jul 04, 2008 9:13 am
Mensajes: 1
Hola, Mi comunidad tiene 60 viviendas y de ellas 4 tienen unos coeficientes que no son proporcionales a los mts construidos, y en mi caso mi vivienda tiene 1,10 % y las del mismo tipo tiene un coeficiente de 1,60.
sin embargo el recibo me lo pasan por el coeficiente de 1,60, y a otros 2 vecinos aunque tienen mas metros se lo pasan por lo escriturado en un caso 0,20 y otro 1,05.
Si no se revisan, a lo que estoy de acuerdo pero para todos, tengo derecho a reclamar que se me cobre según escrituras? y si es así puedo reclamar lo pagado de más por aplicacion de coeficiente indebido?
Gracias


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NotaPublicado: Vie Jul 04, 2008 4:58 pm 
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Experto
Experto

Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
En primer lugar decirle que, el coeficiente de participación no tiene que regirse de forma rigurosa por los metro cuadrados de la vivienda, sino que pueden influir otros factores, como si da a una zona ajardinada, es un piso interior o es un ático soleado etc..., por ejemplo. Esto también se debería tener en cuenta, aunque cuando se calcula, la mayoría de las veces no se tienen en cuenta estos detalles y saca una proporción en función de los metros de la vivienda, por ser más fácil de hacer por el promotor, o por el administrador contratado por éste. Aclarado esto, le digo que, los pagos en la participación al mantenimiento de la finca por ley, deben ir por coeficientes (ese coeficiente que figura en su escritura de forma individual). También puede conocer el coeficiente del resto de propietarios, en el título constitutivo o escritura de obra nueva que se encuentra en el registro de la propiedad (puede pedir una copia.). Pero también se puede participar en los gastos por otro tipo de acuerdos que se tomara por los propietarios en su día (como a partes iguales). Pero si usted se encuentra agraviado por el pago actual y quiere que se establezca el pago según dispone la ley, es decir, por coeficientes, debe usted manifestarlo al administrador para que lo incluya en el orden del día de la reunión ordinaria para tratar el asunto. En esta reunión no cabe otro acuerdo que la aplicación de la ley que para eso está. También puede preguntar al administrador qué criterios lleva a cabo para el pago de las cuotas para ver qué le contesta antes de dar el paso anterior.

Esto es un tema muy escabroso cuando las cosas no se hacen bien. Le dejo la siguiente web donde podrá ver mejor los procedimiento por parte de un abogado llegado el caso.

Un saludo.

http://www.jlprieto.es/las-cuotas-de-lo ... opietarios


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