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 Asunto: CREACION JUNTA PROPIETARIOS SIN LICENCIA OCUPACION
NotaPublicado: Dom Sep 03, 2006 6:26 pm 
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Registrado: Dom Sep 03, 2006 6:02 pm
Mensajes: 1
Soy propietaria de un piso que tras comprar y escriturar, se encuentra pendiente de adjudicación de la Licencia de Ocupación que, la promotora ha solicitado al Ayuntamiento, pero que todavía no la tenemos concedida.-

En la escritura de compraventa nos pone de una manera meridianamente clara la prohibición de usar el piso hasta en tanto no se nos otorgue dicha Licencia de Ocupación.-

A pesar de que no se ha concedico dicha Licencia (hemos comprado y escriturado varios vecinos del bloque, no todos) se ha creado la Junta de Propietarios, la Comunidad.-

Mi pregunta es la siguiente: ¿Es legal crear una Comunidad de Vecinos cuando resulta que, además de no haber escriturado todos los compradores, los que hemos comprado y escriturado, no se nos ha concedido la Licencia de Ocupación?

Un saludo, y gracias por anticipado


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NotaPublicado: Dom Oct 08, 2006 2:37 pm 
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Colaborador
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
En principio es legal, salvo que hubiera alguna normativa que lo prohibiera en concreto. Nosotros la desconocemos. De todas maneras, la concesión de la licencia de ocupación y la creación de la comunidad son procedimientos que no tienen por qué ser sucesivos en el tiempo. Para su tranquilidad, decirle que la licencia de ocupación suele concederse en un plazo relativamente corto de tiempo y, en el peor de los casos, suele estar regulado de manera que se entiende concedida a los 3 meses de haberla solicitado si no hay resolución expresa -la normativa de su ayuntamiento se lo podrá aclarar en su caso concreto-.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

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"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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