¿Qué utilidad tiene una puerta aintiincendios abierta....?
Si se produce un incendio en su edifio y ustedes no estan para cerrarla ¿ ?.
Si ustedes han acordado en una junta de vecinos que la puerta "puede", tambien han acordado que "no puede" estar abierta/cerrada, considero que en este caso es cosa de entenderse entre los vecinos, si usted la abre y el la cierra, tanto derecho tiene usted como el a hacer lo que consideran lo mas correcto en este caso.
Le recomiendo leer la siguiente págna:
http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/nbe_cpi.htm
En ella podrá leer las normas básicas de edificación - protección contra incendios, como observara, se habla de que las purtas cortafuegos, si estan abiertas, deberan tener un mecanismo automático que las cierre en caso de incendio, tambien podrá leer que estas han de ser de facil apertura por ambos lados para poder escapar lo mas rapidamente posible.
En cuanto a su seguro, es posible que no tenga ningun tipo de clausula al respecto, ahora si hay un incendio y este se propaga por no estar correctamente cerrada la puerta cortafuegos, ya vera como pone todas las pegas posibles.
En cuanto a Industria, tal vez no hayan entendido la pregunta, realmente los que mejor se la contestaran es en Fomento o en lo propios bomberos de su ayuntamiento.
De todas las maneras, le ruego se vuelva a preguntar ¿Para qué sirve una puerta cortafuegos en caso de incendio, si esta esta abierta no pudiendo cumplir su misión?
Saludos.