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 Asunto: Entrega de actas
NotaPublicado: Mié Ago 02, 2006 1:28 pm 
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Registrado: Mié Ago 02, 2006 1:14 pm
Mensajes: 1
Hola a todos.
Mi pregunta es la siguiente: ¿es obligatoria la presentación del acta de la última reunión y su ratificación en las reuniones de la junta de propietarios?
En mi comunidad han habido cuatro reuniones y nunca se ha entregado copia de la precedente; me gustaría saber si puedo exigírsela al administrador o al secretario de la comunidad.
Muchas gracias


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 Asunto: Actas.
NotaPublicado: Sab Ago 12, 2006 7:15 pm 
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
El acta de la reunión se debe de escribir y firmar tanto por el Presidente y el Administrador en un plazo no superior a 10 dias despues de haberse efectuado la reunión, posteriormente se debe de hacer llegar a los propietarios para que si no están de acuerdo con algo de lo mencionado en la misma se lo hagan saber al administrador y lo modifique o rectifique si es necesario, o que los propietarios puedan emitir su voto si no estuvieron presentes en la reunión y alguna de las votaciones lo permitia.

Por lo tanto si esto se ha hecho así por su administrador, no veo la necesidad de releer el acta y aprobarla, ya que el silencio de los propietarios en el tiempo transcurrido desde la recepcion del acta hasta la junta, practicamente la da por aprobada, teniendo en cuenta que en algunas comunidades las juntas se celebran de año en año, con un año de distancia, practicamente ya no se puede hacer nada.


Cosa distinta es que su administrador no les haga llegar la copia del acta de la reunión de la manera que he comentado arriba, entonces lo que deben de hacer ustedes es exigirle que cumpla los pasos tambien mencionados arriba.

Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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