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Mensaje |
lince
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Asunto: ¿cambios en Reglamento de Régimen Interior? Publicado: Jue Sep 21, 2006 4:13 pm |
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Registrado: Jue Sep 21, 2006 4:06 pm Mensajes: 1
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Hola,
somos una comunidad pequeña de 29 propietarios, repartidos en 5 edificios que forman una especie de herradura y en el centro hay una piscina con zona verde muymuy pequeña, tenemos un Reglamento de Régimen Interior aprobado hace dos años por unanimidad, en uno de los artículos dice que esta"totalmente prohibido celebrar comidas, fiestas, y ningun tipo de celebracion en esa zona común, pero sí se puede utilizar para ello una habitacion que se usa como sala de juntas", pues bien, desde hace dos años se estan celebrando en la zona comun verde, cumpleaños infantiles, pese a mis protestas (la última ya fue escrita y enviada al presidente de turno, con acuse de recibo, ya que precisamente este presidente dio su permiso ex profeso, para esta ultima celebracion, algo inaudito...)
Ahora se va a celebrar la junta anual (el 28 de Septiembre) y en el orden del dia aparece este punto (literal): "Fijacion del uso de las zonas comunes para fiestas de cumpleaños"
Mi pregunta es la siguiente: ¿se puede cambiar este artículo? y si asi fuera ¿con que porcentaje de votos?
Me resulta imposible asistir a dicha junta y tampoco puedo delegar en nadie porque nadie de los que conozco, que no son del grupito transgresor de normas, va a asitir, como los que suelen asistir a las juntas son TODOS los que se pasan las normas por el forro. mi temor es que la cambien, ¿en que condiciones podria impugnar este posible cambio? ¿que plazos tengo?
He leido el Artículo 6 de la Ley de la P.H. pero no dice nada que me saque de dudas.
Muchisimas gracias por adelantado.-
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URBIFINCAS
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Asunto: Publicado: Dom Oct 08, 2006 1:47 pm |
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Colaborador |
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm Mensajes: 631 Ubicación: Valencia y Alicante
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El reglamento de régimen interior de la comunidad puede ser aprobado o modificado con el voto favorable de la mayoría de los asistentes en segunda convocatoria, siempre que representen más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes (Art. 17, 3ª - LPH).
Respecto de los reglamentos de régimen interior que deberían regir la convivencia y correcta utilización de los servicios de la comunidad, adjuntamos un enlace interesante de un artículo publicado en el diario INFORMACIÓN, de Alicante del 5 de septiembre de 2001:
http://www.administrador.info/descargas/noe.pdf
_________________ Un cordial saludo,
El equipo de URBIFINCAS
WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"
NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.
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