Buenos días:
Evidentemente la empresa de seguros puede contar con los permisos del ayuntamiento, lo que no quiere decir que puede colocar los rótulos en la facha del edificio, ya que es una alteración de los elementos comunes (fachada), por lo que para ello debe de solicitar y obtener la aprobación de la junta de propietarios.
Ojo, leed bien las escrituras, por que yo ya me he encontrado en muchos casos, con que lo que parece lógico (no poner rotulos en las fachadas sin permiso de los propietarios), se convierte en lo contrario, el promotor en la escritura ya concede a los locales y demás. derechos para ello, con lo que los demás propietarios al firmar las escrituras, aceptan todo lo que hay en la escritura de división horizontal, de ahi la conveniencia de leerse bien la escritura de división horizontal antes de comprar una casa.
Como ejemplo, os cuento una de las últimas urbanizaciones con las que he contratado, que tiene locales en sus bajos, estos locales, tienen una naya o altillo, en principio sin salida a la escalera de la comunidad, se han dividido los locales y los altillos, y estos han abierto puerta a la escalera, despues de leer la escritura, tienen permiso en la escritura de división, para hacer todo eso, sin ni siquiera pedir permiso, ni comunicarlo a los propietarios, ni además, modificar las cuotas.
Esto puede ser mas o menos irregular, pero en principio, está inscrito en el Registro de la Propiedad, con lo que los demás propietarios cuando firman su escritura lo aceptan, y además queda la via judicial, demandas y demas...... que...¿Cuanto tiempo y dinero significan......?, si las cosas fuesen mas rápidas, tal vez valdria la pena denunciar y los propietarios se decidirian a hacerlo mas a menudo, pero....
_________________ Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
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