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 Asunto: Presidente desaparecido.
NotaPublicado: Lun May 07, 2007 7:57 pm 
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Registrado: Dom May 06, 2007 7:50 pm
Mensajes: 4
Buenas tardes:
Necesitaría aclaración sobre el siguiente tema: El Presidente de la Comunidad elegido para el año 2005 no presentó cuentas en ese año, ni dió la cara para dar explicación alguna. En Junta extraordinaria se nombró otro Presidente y la revocación del anterior; despues de mucho trabajo, con presentación de denuncia ante el Juzgado, conseguimos a finales de 2006, y de forma amistosa, aprovechando que vendió el piso, recuperar el dinero que según nuestros cálculos se había quedado. No hemos podido recuperar ni el Libro de Actas ni el NIF de la Comunidad.
Tendremos que solicitar uno nuevo? Son válidas las Actas en hojas sueltas? Es válido un Libro de Actas legalizado por un Notario, o tiene que serlo por el Registrado de la Propiedad?
Un saludo.


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 Asunto: Libro de Actas y NIF.
NotaPublicado: Sab May 12, 2007 9:13 pm 
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Buenas tardes.

Bueno dos cosas distintas:

* NIF: Si ya lo teneiais anteriormente, no hay problema, solamente habeis perdido el documento, no el número, os acercais por Hacienda y solicitais una copia del Número de Identificación fiscal.

* Libro de Actas: Depende del Registrador de la Propiedad que os toque, pero para evitaros mas paseos de la cuenta debeis de hacer lo siguiente:

- En una junta habreis declarado lo ocurrido con ese nuevo presidente y si no, lo haceis y redactais el Acta de esa junta, posteriormente os acercais por una comisaria de policia donde poneis una denuncia, indicando que lo habeis perdido, ya que si decir que se lo ha quedado el anterior presidente, la cosa puede ir a mayores.

Comprais un nuevo libro de actas y con la denuncia y el acta de la junta, vais al Registro de la Propiedad que os corresponda.

Habreis de aportar una nota simple de alguno de los propietarios, ya que así sabran en el Registro el Nº de propiedad horizontal al que corresponde la finca, si no disponeis de ninguna nota simple, no pasa nada, cuando vayais al Registro la solicitais (da igual un propietario que otro), os costara un par de visitas mas al Registro, pero en fin, ya tendreis vuestro libro de actas.

En principio, no no valen las hojas sueltas, lo que debeis de hacer es cuando tengais el libro nuevo redactar las dos o tres actas que os falten.


Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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