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Nuevo tema Responder al tema  [ 7 mensajes ] 
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 Asunto: Cuotas iguales en estatutos constructora
NotaPublicado: Mié Jun 27, 2007 9:17 pm 
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Registrado: Mié Jun 27, 2007 9:01 pm
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Buenas tardes, tengo unas dudas sobre la distribución de las cuotas de participación en una vivienda de nueva construcción que he adquirido recientemente:
Hemos tenido nuestra primera reunión de comunidad y nos comunica el administrador que las cuotas de participación de todas las viviendas son idénticas según los estatutos y por tanto los gastos de comunidad son los mismos para todas las viviendas. Es un residencial con zonas comunes (pistas deportivas, piscinas, etc) y hay viviendas de muy distintas dimensiones (2,3 y 4 dormitorios). Bajo mi punto de vista, y según mi experiencia en otras comunidades de vecinos este procedimiento no es el habitual. Mi pregunta es: Estos estatutos impuestos por la constructora son legales? Y si lo son, para modificarlos se necesitaría unanimidad de toda la comunidad? Evidentemente la unanimidad en este tema es imposible porque a los vecinos con viviendas mas grandes no les intersa.
Además de todo esto hablan de pagar las cuotas de seguro de la comunidad, estas sí, en función del tamaño del piso.
Me podrían ayudar a resolver mis dudas?
Muy agradecido por adelantado.


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NotaPublicado: Mié Jun 27, 2007 9:22 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Si está establecido en los estatutos que las cuotas se pagan a partes iguales, esa será la forma por la que se regirá la distribución de gastos de los servicios comunes, incluido el seguro comunitario. Para cambiarlo necesita, efectivamente, unanimidad de la junta de propietarios.

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Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

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NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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NotaPublicado: Mié Jun 27, 2007 9:30 pm 
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Registrado: Jue Jun 14, 2007 1:15 pm
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Hola,

Para completar un poco esta respuesta decir que es necesario(una vez alcanzada la unanimidad y por lo tanto aprobada) elevarlo a escritura pública para que surta efectos frente a terceros


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NotaPublicado: Mié Jun 27, 2007 9:32 pm 
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Registrado: Mié Jun 27, 2007 9:01 pm
Mensajes: 3
Muchas gracias por su rápida respuesta.
Y ante esta forma de proceder tan arbitraria de la constructora no cabe ningún tipo de acción legal? El hecho de que no quepa la posibilidad de modificar los estatutos en este sentido no sería un abuso del derecho?
Gracias de nuevo.


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NotaPublicado: Mié Jun 27, 2007 9:34 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Sí lo sería, si lo estima un juez. Pero normalmente solo ocurrirá en casos muy evidentes. Parece difícil que un juez pueda cambiar los estatutos de su comunidad en esos términos.

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Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

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NotaPublicado: Mié Jun 27, 2007 10:09 pm 
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Registrado: Mié Jun 27, 2007 9:01 pm
Mensajes: 3
Me parece una vergüenza:
Esto significa que cuando compras una vivienda estas a merced de la inspiración y la buena fe del constructor de turno, sin niguna cobertura legal al respecto.
Si lo equiparamos al IBI se observa claramente como la ley sólo se preocupa de regular lo que se traduce en ingresos estatales. Sería interesante el caso de que además de equiparar las cuotas de participación hubieran equiparado los valores catastrales...
Entiendo que si la cuota del seguro de la comunidad es la misma para todos los vecinos, la indemnización en caso de producirse también sería equivalente, verdad?
Saludos y una vez mas gracias por su ayuda.


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NotaPublicado: Jue Jun 28, 2007 1:10 pm 
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Registrado: Lun Mar 12, 2007 1:15 pm
Mensajes: 19
Efectivamente nacho_alv, es una vergüenza. Tanto que se habla de los derechos del consumidor y cuando compras una vivienda nueva te llevas la sorpresa de unos estatutos infumables a la entrega de llaves.

Creo que debería ser obligatorio entregar una copia de los futuros estatutos junto con los planos, memoria de calidades, etc, a la hora de firmar el contrato, de manera que el consumidor conozca lo que está comprando.

De todas maneras, el reparto proporcional tampoco es la panacea, ya que el coeficiente de propiedad no tiene por qué corresponder con los gastos de mantenimiento asimilables a las fincas.

Un saludo.


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