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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Autor |
Mensaje |
ANGEL
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Asunto: Cuota extraordinaria Publicado: Mar Ene 15, 2008 9:03 pm |
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Principiante |
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Registrado: Dom May 06, 2007 7:50 pm Mensajes: 4
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Como Presidente de mi Comunidad, recién nombrado, me encuentro con un problema que quisiera que alguien me aconsejara.
Hace aproximadamente tres años tuvimos un Secretario en esta Comunidad, que se quedó con dinero, no presentó cuentas, no devolvió libros, etc. Judicialmente conseguimos recuperar lo sustraido cuando vendió su piso en este edificio y se fué. Hasta que recuperamos el dinero, aproximadamente un año, hemos tenido que pasar dos cuotas extras para poder hacer frente a los gastos ordinarios de la Comunidad, acordando que una vez recuperado dicho dinero, se devolvería a cada propietario las cuotas extras pagadas; lógicamente de este acuerdo hay acta.
Una vez recuperado el dinero, y debido a la situación precaria de la economía de la Comunidad, se acordó en Junta Extraordinaria, y por mayoría, no devolver las cuotas extras y dejarlo como fondo.
Durante este proceso uno de los vecinos vendió su piso, y ahora nos reclama, a la Comunidad, sus dos cuotas extras pagadas. Alega que hay un acta en dónde se acordó devolverlas (cosa cierta), pero dice que como él ya no estaba cuando se acordó no devolverlas y que quedasen como fondo, no le afectan; que si no se las devolvemos por las buenas, irá al Juzgado.
Yo entiendo que no tiene razón, pues en todo caso tendría que haber pactado ese tema con la persona que le compró su piso.
Espero que alguien me pueda responder. Saludos.
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Antonio R
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Asunto: Publicado: Jue Ene 17, 2008 6:55 pm |
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Experto |
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm Mensajes: 424 Ubicación: Barcelona (España)
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Se debería mirar bien como se redactó el acta ya que pudiera ser que, que esta recoja que la devolución se haría a los propietarios de los pisos. De ser así, este señor ya no es propietario, y por tanto, en caso de devolución habría que devolverlo al actual.
Como usted bien apunta, cuando este señor vendió su vivienda debería haber dejado atado este asunto con su comprador y no con la comunidad.
De todas forma, informe --si no lo ha hecho ya-- al nuevo propietario que en caso de tener que devolver ese dinero será él el que deba ponerlo. A ver qué dice.
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