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 Asunto: Obligatoriedad de secretario
NotaPublicado: Vie Ene 25, 2008 8:42 pm 
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Principiante
Principiante

Registrado: Mar Ene 15, 2008 5:20 pm
Mensajes: 6
Quisiera saber si en una finca de tan solo doce vecinos en donde hasta el momento unicamente existe la figura del presidente y no la del secretario, es obligatorio este ultimo de cara a un posible proceso monitorio a iniciar. gracias y salu2 :cry:


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NotaPublicado: Sab Ene 26, 2008 11:00 am 
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Experto
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
La ley establece que el cargo obligado es el de Presidente, el cual puede regentar al mismo tiempo el de secretario-administrador. Pero la ley también da poder a la junta de crear y de individualizar estos cargos, es decir, que si la junta por mayoría simple, aprueba la figura del secretario, es perfectamente legal.

Ahora, de cara a un proceso monitorio como usted explica, no es imprescindible, ya que el presidente puede hacer la funcion de secretario.


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